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Causa P133.309 ("Claveau del Valle). Desestimación del agravio fundado en el rechazo de incluir en calidad de circunstancia atenuante de pena el arrepentimiento del imputado.
La Suprema Corte de Justicia, en la causa P. 133.309, "Claveau del Valle, Matías Damián s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa nº 94.520 del Tribunal de Casación Penal, Sala I", resolvió rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el defensor oficial.
Archivos asociados: Ver sentencia (causa N° P133309).pdf
15-11-2021 | Día del Trabajador Judicial
Por conmemorarse el Día del Trabajador Judicial, el día 16 de noviembre no habrá actividad en los organismos judiciales de la Provincia de Buenos Aires.
En ese marco, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis E. Genoud, expresó su reconocimiento a las y los agentes del Poder Judicial: "En su día quiero hacer llegar un saludo especial a quienes con su sostenida labor afianzan el acceso a la justicia de los habitantes de nuestra Provincia".
Organismo: | Juzgado en lo Civil y Comercial Nro. 7 Quilmes |
Carátula: | FERREYRA MARIO RAUL S/SUCESION AB-INTESTATO - |
Nro de causa: | 28691 |
Fecha: | 26/11/2021 13:03:09 |
Descripción: | DECLARATORIA DE HEREDEROS / SE RESUELVE |
Estado: | En Letra |
Año Registro Electrónico :2021
Cargo del Firmante :SECRETARIO
Código de Acceso Registro Electrónico :EDD82FEF
Fecha de Libramiento: :26/11/2021 14:33:37
Fecha de Notificación :26/11/2021 14:33:37
Fecha y Hora Registro :26/11/2021 14:14:56
Funcionario Firmante :26/11/2021 13:03:07 - SARRIES Fernando - JUEZ
Notificado por :TROCCOLI IVANNA ROMINA
Número Registro Electrónico :79
Observación :DECLARATORIA HS
Prefijo Registro Electrónico :RS
Registración Pública :SI
Registrado por :TROCCOLI IVANNA ROMINA
Registro Electrónico :REGISTRO DE SENTENCIAS
Tipo de Resolución: :No Informado
Trámite Despachado :AGENTE FISCAL - PRESENTA DICTAMEN (235300597015845112)
fs. 108
REGISTRO DE SENTENCIA Nº: /2021
AUTOS: "FERREYRA MARIO RAUL S/SUCESION AB-INTESTATO". EXPTE: 28691
Quilmes, firmado digitalmente en el día de la fecha.-
AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO:
I) Que con el certificado de fs. 42/43 se acredita el fallecimiento de don MARIO RAUL FERREYRA DNI 4.879.821 ocurrido el día 27/10/2004.
II) Que de la unión entre RAMONA REGINA LUNA y MARIO RAUL FERREYRA nacieron: MARIO WALTHER con fecha 5/08/1965 (fs.44/45), RUTH BETY 25/10/1966 (fs. 46/47) y MARIANO CARLOS CRISTIAN con fecha 13/06/1977 (fs. 7).-
III) Que, siendo de estado civil divorciado en primeras nupcias, el causante contrajo matrimonio en segundas nupcias con MIRTA BEATRIZ SANTA CRUZ, con fecha 17/06/2004.-
IV) Que con los diarios y recibos agregados en pdf a fs. 105 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC.
Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 3545, 3565, 3570 y 3576 del Código Civil, y 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de MARIO RAUL FERREYRA DNI 4.879.821 le suceden en carácter universales herederos sus hijos MARIO WALTHER FERREYRA Y LUNA, RUTH BETY FERREYRA Y LUNA y MARIANO CARLOS CRISTIAN FERREYRA Y LUNA y su cónyuge supérstite MIRTA BEATRIZ SANTA CRUZ a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Cése la intervención del Ministerio Fiscal. Regístrese. NOTIFIQUESE, a través de la remisión de copia digital de la presente en el domicilio electrónico del profesional y por añadidura a sus patrocinados/mandantes, teniéndose por cumplida la notificación el día martes o viernes inmediato posterior -o el siguiente día hábil si alguno de ellos no lo fuere- a aquél en que hubiere quedado disponible para su destinatario en el sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas (arts. 34 inciso 5to. ap. "a" y "e", 135 del CPCC; Acuerdos nro. 3845/2017, 3991/2020 y modif. SCJBA).-
Se deja constancia que la presente resolución es firmada por el Infrascripto digitalmente en la Ciudad de Quilmes (Artículo 288 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina. Doc. Legal, Res. S.C.B.A. 2135/2018; 480/20. Conf., AC. 3733/14, 3971/20, 3975/20 S.C.B.A).-
FERNANDO SARRIES
JUEZ
(Firmado digitalmente Art. 288 CCCN).-
jg
En de dí cumplimiento con la notificación ordenada en 20210662430@notificaciones.scba.gov.ar, Dr. Gustavo Carmelo TRIMARCHI.