Condenaron a dos abogados por calificar a un juez de "canalla y corrupto"
Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni declararon "inadmisible" el recurso extraordinario que habían planteado los abogados María Vázquez Conort y Miguel Ángel Cardinale.
Ambos habían calificado a Carvajal como "canalla, encubridor, perverso, malvado, corrupto, interesado e inescrupuloso". Y lo denunciaron por "prevaricato" (resolver al contrario de lo que indican las leyes) en un proceso por estafa.
La Sala L de la Cámara Civil, con las firmas de los jueces Marcela Pérez Pardo, Víctor Liberman y Lidia Hernández, había resuelto a fines del año pasado darle la razón a Carvajal, quien había reclamado por los "daños y perjuicios" que le habían ocasionado las expresiones "agraviantes" e "injuriosas" que pronunciaron los abogados, disgustados por su actuación en una causa penal.
Para el tribunal, Carvajal resolvió la causa por estafa en el "marco de las facultades ordenatorias e instructorias de las que se encuentra investido", y advirtió que "la disconformidad que pudiera alegar cualquier litigante con las decisiones judiciales debe mantenerse y limitarse a las posibilidades" que contempla el Código de Procedimientos.
Vázquez Conort y Cardinale –según el fallo de la Cámara Civil, ahora ratificado por la Corte– "nunca se detuvieron a pensar en su actuar irreflexivo", que se tradujo en las expresiones contenidas en los escritos.
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