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Blog del Dr. Gustavo C. TRIMARCHI


Tribunal de Casación Penal. Sala I. Debido Proceso. Defensa en juicio. Imputado. Derechos y Garantías. Nulidad del debate.

Por sentencia de fecha 10 de Febrero de 2015, la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en causa nº 65.312 caratulada "Villagra, Elizabeth Patricia s/ Recurso de Casación" y causa nº 65.874 caratulada "Poisson, Germán Mauricio s/ Recurso de Casación" sostuvo que, tomada la decisión de declarar - cfr. art. 358 C.P.P.- el imputado tiene un legítimo derecho a esperar que ésta sea lo más eficaz posible y para ello, la intervención del defensor concluido que fuera el interrogatorio, coadyuva a que el acto refleje materialmente la defensa planificada; al margen del éxito que se le pueda adjudicar en un determinado contexto de prueba y; determinó que cuesta encontrar una razón valedera para negar la posibilidad de que la defensa interrogue o repregunte al imputado en su declaración - cfr. art. 358 C.P.P.-, administrada esta facultad bajo una correcta dirección del debate, no se advierte de que modo puede obstaculizar la marcha del proceso, cuando además se asegure la posibilidad de igual ejercicio a las contrapartes.


Ver Sentencia (65312 - 65874).pdf 283 Kb.

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