Ante la emergencia, la AJB exige que el Poder Judicial funcione sólo con guardias mínimas
abr 15, 2021
En el día de la fecha, el gremio judicial reiteró a la Suprema Corte el reclamo para que se restrinja al mínimo indispensable el trabajo presencial en el Poder Judicial ante el agravamiento de la pandemia por el COVID-19.
Frente a la gravedad de la etapa que atraviesa la emergencia sanitaria en la provincia, donde se registran niveles récord de contagios, fallecimientos y saturación del sistema sanitario, la AJB realizó una presentación al Presidente del máximo Tribunal requiriendo se disponga en forma urgente un régimen de funcionamiento con guardias mínimas, donde se expliciten con claridad criterios que delimiten la cantidad de personas que realizarán tareas presenciales durante el período de emergencia en curso.
Desde la AJB estamos reclamando un nuevo régimen de guardias mínimas que establezca la cantidad máxima de personas habilitadas para realizar tareas presenciales, fije mecanismos de control adecuados, explicite la responsabilidad de las y los titulares de dependencia respecto de esas convocatorias y establezca mecanismos sancionatorios ante su incumplimiento por parte de las y los magistrados y jefes de oficina, manifestó Pablo Abramovich, secretario General de gremio judicial.
La presentación efectuada por la AJB considera imprescindible establecer reglas claras de funcionamiento y un estricto control, ya que tanto durante la vigencia del anterior esquema de funcionamiento por guardias mínimas como en la etapa posterior se registraron innumerables incumplimientos a las resoluciones que limitan la presencialidad por parte de las y los titulares de dependencias.
Al respecto, desde el sindicato reiteraron que la gravedad de la situación requiere fijar un criterio de presencialidad mínima indispensable, que no debería exceder de una persona por dependencia donde ello sea necesario- salvo razones debidamente fundadas por escrito y en forma fehaciente por la autoridad que lo requiera, y con previa autorización de la Suprema Corte a través del dictado de un acto administrativo.
Por otra parte, en la presentación realizada en el día de hoy, se requirió también que en el marco de las medidas a adoptar se disponga la prohibición para realizar tareas presenciales de aquellos trabajadores y trabajadoras que integren los grupos de riesgo. Al respecto, el sindicato resaltó que el riesgo sanitario generado por una exposición innecesaria al contagio, de acuerdo a criterios básicos de razonabilidad y a los deberes de indemnidad del Estado empleador, requiere que la decisión de retorno a realizar tareas presenciales no quede sujeta a la libre disponibilidad de las y los titulares de dependencia ni aún a los propios trabajadores y trabajadoras involucrados.
A su vez, el sindicato solicitó a la Suprema Corte que establezca medidas que durante la actual situación de emergencia se limiten la realización de audiencias y entrevistas periciales exclusivamente al formato virtual. Asimismo, se exigió que se restrinja el diligenciamiento de mandamientos y notificaciones y la realización de otras intervenciones fuera de sede, realizándose sólo aquéllas relacionadas con cuestiones de máxima urgencia y debidamente fundadas por la autoridad que requiera el acto procesal.
Por último, desde la AJB reiteraron el requerimiento de convocatoria a una mesa de trabajo conjunta para consensuar las acciones necesarias que permitan garantizar la continuidad del funcionamiento de la administración de justicia resguardando al mismo tiempo la salud de las y los trabajadores judiciales y de las personas que asisten diariamente a las diferentes dependencias del Poder Judicial.
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