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Se muestran los artículos pertenecientes a Junio de 2018.

Acuerdo 3886/18. Entrada en vigencia a partir del día 1º de Junio de 2018 del "Reglamento para las presentaciones por medios electrónicos".

Ver Acuerdo 3886-18.pdf 153 Kb.

05/06/2018 20:20 Gustavo TRIMARCHI #. sin tema


Tribunal en lo Criminal Nº 4 de La Plata. Abuso sexual con acceso carnal reiterado y corrupción de menores. Valoración de los dichos en Cámara Gesell para el logro de la prueba. Condena a dieciocho años de prisión.

El Tribunal en lo Criminal Nº 4 de La Plata, en causa Nº 5212, resolvió condenar a condenar a Abel Román Nuñez a la pena de dieciocho años de prisión accesorias legales y costas, como autor culpable de los delitos de: Abuso Sexual de menor de trece años de edad, agravado por el acceso carnal (vía anal en el caso) en al menos en dos ocasiones (Concurso Real); a su vez, en Concurso Ideal con Corrupción de Menores agravada por resultar la víctima menor de trece años de edad; y, en Concurso Real con Corrupción de menores agravada por resultar la víctima ser menor de trece años de edad, en los términos de los artículos: 54, 55, 119, primer y tercer párrafos, 125, segundo párrafo del Código Penal.


Ver veredicto y Sentencia (C 5212).pdf 627 Kb.

05/06/2018 20:22 Gustavo TRIMARCHI #. sin tema


La Justicia declaró este martes inconstitucional el aumento del 5,71% a jubilados y pensionados aplicado en marzo último sobre la base de la nueva ley de movilidad.

Además, ordenó aplicar la fórmula de movilidad anterior, del 14,5%, al advertir que las leyes no pueden aplicarse en forma retroactiva.


La decisión la tomó la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, al declarar inconstitucional el artículo 2 de la ley de Reforma Previsional.

Así, ordenó al Gobierno restituir un 9% sobre los haberes de jubilados y pensionados.

El fallo llega en medio de la decisión de realizar un ajuste sobre las cuentas del Estado.

Los magistrados sostuvieron que el cálculo para los haberes de marzo, denominado "cláusula de anclaje", estuvo mal hecho, por lo que el Gobierno deberá devolverle a los jubilados el 9% que les descontó.


El fallo responde a una demanda presentada por el abogado Miguel Fernández Pastor, quien presentó una demanda por inconstitucionalidad de la norma que podría extenderse al resto de los jubilados que están en su misma condición.

Los jueces sostuvieron que el Gobierno vulneró los derechos de los jubilados al quitarles ese porcentaje, y que debía haber encontrado otra forma.

La instancia siguiente de apelación es la Corte Suprema de Justicia, lo cual se descuenta el Gobierno hará.

En la parte resolutiva, el tribunal consideró que el artículo dos de la leyes inconstitucional y "no aplicable" a los haberes devengados entre el 1 de julio y el 29 de diciembre del 2017".

La decisión del tribunal ordena también que "dentro de los treinta días de quedar firme este pronunciamiento, reliquide, conforme a lo dispuesto por la Ley 26417, los haberes del actor correspondientes al citado período, y se pongan al pago las cantidades resultantes, previo descuento de las sumas ya abonadas por aplicación de la Ley 27.426".

El fallo está firmado por el juez subrogante Rodolfo Mario Milano, y los camaristas titulares del tribunal Néstor Fasciolo y Martín Laclau.

05/06/2018 20:27 Gustavo TRIMARCHI #. sin tema

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08/06/2018 10:59 Gustavo TRIMARCHI #. sin tema

ACCESO AUTOMÁTICO A LA M.E.V.

A partir del 06/07/18 en los fueros de Familia, Penal y Responsabilidad Penal Juvenil. La Suprema Corte de Justicia ha dictado la Resolución Nº 923/18, con fecha 6/6/18 donde se facilita el acceso automático a la MEV en los fueros de familia, penal y responsabilidad penal juvenil, para las partes, sus letrados y representantes, reemplazando la planilla de solicitud vigente hasta la fecha, que queda solamente para quienes son ajenos al proceso.

09/06/2018 20:39 Gustavo TRIMARCHI #. sin tema

La crisis actual es, por lejos, la más innecesaria e impensable de las últimas 3 o 4 décadas.-


 

La caída del presidente del BCRA sorprendió a muchos, pero no a los mercados financieros. La pérdida de credibilidad durante la crisis cambiaria de mayo no se revirtió con el anuncio del acuerdo con el FMI. La supertasas de interés no alcanzaron para frenar el apetito por las divisas, ya que los factores de desconfianza no se revirtieron. Las vacilaciones en la política cambiaria desconcertaron a los mercados en una semana donde se eliminó la oferta diaria de U$S 5.000 millones a para ir a una flotación libre que cesa con la intervención del BCRA del martes, y ayer se regresa a una flotación libre. Un comportamiento que corona el deterioro de la credibilidad en toda la política económica y todo el equipo económico iniciado en la lamentable conferencia de prensa del 28 de diciembre pasado.

 

La unificación de Hacienda y Finanzas en el ministerio que siempre fue es una decisión acertada, pero insuficiente. Argentina no puede tener dos decenas o más de ministerios como Gran Bretaña. Un país con más de un tercio de la población en condición de pobreza e indigencia no puede darse el lujo de tener una burocracia sobredimensionada y, en general, bastante ineficaz.

 

El mercado ponderó no sólo la pérdida de credibilidad en la política cambiaria, sino la real capacidad política del Gobierno para iniciar en su último año de gestión un ajuste fiscal gradual de cuatro años. La creciente conflictividad social no viene por simple oposición política, sino por la errada política antiinflacionaria que se viene aplicando desde enero de 2016. El régimen de metas de inflación ha fracasado rotundamente, y llama la atención que en la Carta de Intención con el FMI se siga presentando a una tasa interbancaria a 7 días como el instrumento “telepático” para estabilizar las expectativas inflacionarias. Llamar “sesgo contractivo” a supertasas de interés de 40% a 7 días tiene sentido si se mira la actividad económica. Pero no respecto de algún objetivo de inflación. El circulante en poder del público está creciendo a un ritmo de 30% anual y, con una economía que no crecerá más de 1%, es inevitable una inflación en torno de 29%. Más cuando se esperan subas de tarifas y combustibles para el segundo semestre.

 

El cambio de funcionarios en ese sentido no cambia el paisaje general que tiene varios flancos débiles. ¿La Carta de Intención con el FMI se mantendrá en los términos del documento que se conoció ayer? La factibilidad de un programa de ajuste fiscal con baja de inflación y recuperación de crecimiento suena algo extraño por varias razones. Se prevé que seguirán subiendo tarifas para cerrar la ecuación costo-beneficio de las empresas, pero tendrá efecto inflacionario inevitable. Esto tornará imposible reducir las tasas de interés, según lo afirmado en dicho documento. ¿Cómo esperar un aumento de la inversión real? ¿Dejará en algún momento de ser más negocio el “carry trade” que la inversión en proyectos de la economía real? ¿En base a qué esperar un aumento, y no una caída adicional, del crecimiento económico? Si la inflación en 2018 se aproxima a 30% o más aún, ¿por qué debiera ceder la conflictividad social cuando se ha presionado a los sindicatos a que acepten subas salariales de sólo 15%?

 

Lo que se viene para el equipo reformulado no exige sólo recuperar credibilidad en la plaza financiera. Requiere un serio replanteo de una estrategia fiscal, monetaria, cambiaria y una política de ingresos totalmente errada. ¿Es factible conciliar tarifazos y su traslado a precios con un tipo de cambio flotante, pero estable? ¿Bajo qué condiciones se puede esperar que se estabilicen las expectativas sin una reducción del déficit fiscal, y del festival de endeudamiento con los mercados externos, ahora con el FMI, y encima el del BCRA vía Lebac? Si algo es claro, es que el rumbo seguido en estos últimos meses, con volatilidad cambiaria y de precios relativos conduce a una aguda estanflación que torna incumplible las metas acordadas con el FMI.

 

Todavía faltan varios días para el 20 de junio. Esperemos que el nuevo equipo económico se tome su tiempo para reformular lo que sea necesario, para dotar al compromiso con el FMI de un mínimo de coherencia con un sendero creíble de cuentas fiscales, agregados monetarios, precios, tarifas, tipo de cambio, tasas de interés, y deuda pública. Caso contrario, se perderán futuros desembolsos de dicho organismo o se agravará este escenario de crisis. Crisis que es, por lejos, la más innecesaria e impensable de las últimas 3 o 4 décadas.

15/06/2018 11:18 Gustavo TRIMARCHI #. sin tema


Cámara Segunda Civil y Comercial de La Plata (Sala I). Honorarios. Inconstitucionalidad del art. 16 de la Ley 14.967.

Cámara Segunda Civil y Comercial de La Plata (Sala I), en la causa Nº 123674 "S., P. N. Y OTRO/A S/ DIVORCIO POR PRESENTACIÓN CONJUNTA" resolvió declarar la inconstitucionalidad del art. 16 último párrafo de la ley 14967 de honorarios profesionales en cuanto establece que la regulación que no respete los mínimos legales hará incurrir al juez en falta en los términos del art. 21 de la ley de enjuiciamiento de magistrados y dispone que en la instancia de origen se regulen los honorarios conforme las pautas de sentencia y de acuerdo a los criterios de los artículos 1627 y 1628 CC, actual 1255 CCC.


Ver sentencia (causa N°123674).pdf 281 Kb. , Ver anexo..pdf 235 Kb.

23/06/2018 18:27 Gustavo TRIMARCHI #. sin tema


Tras un rastrillaje y aprovechando la geoposición, personal del Distrito Comando Quilmes Este, a cargo del comisario Francisco Centurión, aprehendió a un asaltante de vehículos logrando recuperar un rodado que había sido sustraído momentos antes mediante la utilización de arma de fuego. En el procedimiento se le secuestraron la pistola con la que se cometió el asalto y tres celulares. Asimismo, la Policía recuperó otro vehículo sustraído horas antes bajo la misma modalidad.
Todo ocurrió cuando efectivos de la zona 38 se encontraban realizando un patrullaje dinámico siguiendo los lineamientos impartidos desde la Jefatura Departamental de Quilmes, a cargo del comisario inspector Carlos Domínguez. Al llegar a la intersección de las calles Beruti y Martín Rodríguez, fueron alertados por un ciudadano que les manifestó que minutos antes tres masculinos en un Volkswagen Bora le habían sustraído su vehículo, un Fiat Siena.
El hombre en cuestión resultó ser remisero y había terminado un viaje. Y tras el descenso de una clienta, en el lugar fue abordado por los sujetos quienes le sustrajeron el vehículo y pertenencias, incluso su celular.
Rápidamente el personal policial con los datos aportados inició un rastrillaje por la zona y alertó a los móviles aledaños sobre lo acontecido, siendo la modulación escuchada también por personal de la seccional Quilmes 3ª. Aprovechando la geoposición del celular sustraído, los uniformados se comisionaron a Avenida La Plata y Triunvirato, donde interceptaron a un sujeto a quien la víctima identificó automáticamente como el causante del robo del rodado.
Así, se le impartió la voz de Alto Policía y tomando los recaudos necesarios lo redujeron y le realizaron la requisa personal, encontrando un arma de fuego calibre .22 en su poder y pertenencias de la víctima del hecho. De esta manera, se le incautó el revólver .22 corto Eco, con tres proyectiles intactos en su tambor y 2 percutidos, como así también un celular perteneciente a la víctima, un Samsung J7 Prime y dos celulares más (otro igual y un S8).
Ante esto, se aprehendió al sujeto en el lugar y se le secuestraron los dispositivos celulares. El Volkswagen Bora gris que utilizaban los malvivientes fue hallado en las calles Blas Parera y Beruti, sin ocupantes y totalmente cerrado, distante a unos 400 metros de la aprehensión del malviviente, imputado por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego.
El personal policial continuó con la búsqueda del rodado del remisero, el cual fue hallado sin faltante alguno, en las calles Centenario y Casinelli, por un patrullero de la zona 48 del Distrito Comando Quilmes Este. Continúa la investigación para dar con el resto de la banda delictiva.

27/06/2018 14:24 Gustavo TRIMARCHI #. sin tema

Acuerdo 3899/18. Magistrados y organismos para la atención de asuntos de urgente despacho durante el servicio de Feria del mes de julio de 2018.

Ver Acuerdo 3899-18.pdf 528 Kb.

30/06/2018 21:24 Gustavo TRIMARCHI #. sin tema


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