
Se muestran los artículos pertenecientes a Junio de 2016.
Tribunal en lo Criminal Nº 3 de Lomas de Zamora. Tentativa de homicidio. Violencia de Género. Condena a diez años de prisión. Realización de tratamiento psicosocial y talleres con perspectiva de género.
Con fecha 26 de mayo de 2016, el Tribunal en lo Criminal Nº 3 de Lomas de Zamora, en la causa Nº 6118-3, resolvió condenar a ANDRES ALEJANDRO PERALTA a la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, accesorias legales, mas las costas del proceso, por ser autor penalmente responsable del delito de HOMICIDIO AGRAVADO POR EL VINCULO Y MEDIANDO VIOLENCIA DE GENERO en GRADO de TENTATIVA; imponiendo, asimismo, la realización de un tratamiento psicosocial, participación de talleres y/o capacitación con perspectiva de género en los términos de la Resolución 40/14 de la Subsecretaría de Política Criminal, Ministerio de Justicia, artículo 10 apartado III, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 5, apartado 6, Convención Americana de los Derechos Humanos, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer –Convención de Belem do Pará- y la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer -CEDAW- en particular su artículo séptimo.
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Condenaron a prisión perpetua al albañil que degolló a su mujer.-
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Quilmes dio a conocer ayer la sentencia contra Víctor Bedoya Arrúa, acusado de matar y degollar a su ex esposado y madre de sus tres hijos, el 29 de julio de 2013 en su casa del barrio Iapi. Luego de varias semanas de juicio, las autoridades determinaron la máxima condena al autor del hecho.
Marcela Vissio, María Gutiérrez y Pablo Pereyra, jueces del Tribunal N° 1, dictaron la prisión perpetua para Víctor Bedoya Arrúa por el asesinato de su ex mujer, ocurrido el 29 de julio de 2013 en una vivienda de la calle 178 entre Montevideo y Misiones, en Bernal Oeste.
El albañil degolló a Graciela San Martín, quien fuera la madre de sus tres hijos. El acusado no estuvo presente en la sala de audiencias para escuchar el veredicto.
Acuerdo 3803/16. Nuevo valor del Jus.
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Tribunal de Casación Penal. Sala I. Acción Penal. Dependiente de Instancia Privada. Ejercicio. Violencia Familiar. Rol del Guardador. Art. 72 penúltimo párr. C.Penal y Art. 7º inciso e) Convención de Belem do Para
Por sentencia de fecha 31 de Mayo de 2016, la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en causa nº 73.400 caratulada "Maldonado, Gabriel Emir s/ Recurso de Casación interpuesto por Particular Damnificado" determinó que el principio de la instancia privada que regula el artículo 72 del Código Penal es una prerrogativa de la victima y nunca puede concebirse como garantía a favor del imputado.
Sostuvo también que para impulsar la acción -cfr. arts. 7º inc. e) Convención de Belem do Pará (Ley 24632) y 72 C.P. -, no se requieren solemnidades ni sacramentalismos, es suficiente la expresión de la víctima haciendo saber su interés en la persecución del delito.
Asimismo resolvió que la hipótesis de excepción a la necesidad de impulso de la acción por parte de la víctima o el representante legal -cfr. art 72 penúltimo párr. C.P.-, procede cuando el posible autor o partícipe del delito cometido en perjuicio del niño es uno de los padres, tutor o guardador.
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Resolución 723/16. Inicio de actividades a partir del 27 de junio de 2016 del Tribunal del Trabajo Nº 1 de Florencio Varela con asiento y competencia territorial exclusiva en dicho partido.
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Dos detenidos y más de 15 mil autopartes secuestradas en desarmaderos de Quilmes y Lanús.
Personal policial perteneciente a la Planta Verificadora local, realizó dos allanamientos en los cuales se incautaron una gran cantidad de autopartes. El primero de ellos se llevó a cabo en un predio ubicado en Camino General Belgrano y Pasco.
Unas 15.000 autopartes y cuatro camiones fueron secuestrados en procedimientos llevados a cabo en Lanús y Quilmes, en los que también fueron apresadas dos personas acusadas de integrar una banda dedicada al desguace de vehículos robados, informaron fuentes policiales.
Los operativos se llevaron a cabo durante las últimas horas, cuando efectivos de la Planta Verificadora Quilmes, dependiente de la Dirección Prevención Delitos Contra la Propiedad Automotor de la Policía Bonaerense, llevaron a cabo dos allanamientos.
El primero de ellos se realizó en un depósito situado en el cruce de Pasco y Camino General Belgrano, en tanto que el segundo fue en un galpón ubicado en el cruce de Salta y Bruera, en Lanús.
Según dijeron los voceros, en el primer depósito se encontraron cuatro camiones, tres con pedido de secuestro tras haber sido robados y el otro con la numeración adulterada, nueve cabinas de distintos rodados con la numeración borrada y dos autos.
En ese lugar también fueron apresados dos hombres de 38 y 47 años, quienes presuntamente integran una banda dedicada al desarme de vehículos para la posterior venta de las autopartes.
De acuerdo con el relato policial, a partir de datos obtenidos en el primero de los procedimientos los pesquisas dirigieron su atención hacia el galpón de Lanús, donde encontraron 46 blocks de motores, 16 carrocerías "cortadas", otras tres con pedido de secuestro y unas 14.000 autopartes.
Interviene en la causa la Unidad Funcional de Instrucción 12 del Departamento Judicial Quilmes, a cargo de Gastón Zivec.
Día del Trabajador del Estado.-

El Dr. Eduardo Néstor de Lázzari asume la presidencia del Consejo de la Magistratura.- La Suprema Corte de Justicia designó al Ministro Eduardo Néstor de Lázzari para que en su representación integre el Consejo de la Magistratura. El acto de Jura del Dr. de Lázzari como Presidente del referido organismo será el próximo martes 28 de julio a las 11:30 hs.
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![]() Acuerdos 3806/16. Magistrados y organismos para la atención de asuntos de urgente despacho durante el servicio de Feria entre los días 18 y 29 de julio del 2016.
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Ladrones que huían de robar una pizzería en Andrés Baranda y San Luis chocaron con otro auto en el bajo nivel y se dieron a la fuga a pie.-
Tribunal de Casación Penal. Sala V. Estupefacientes. Tenencia con fines de comercialización. Drogas sintéticas ("Extasis"). Cantidad de sustancia prohibida en dosis umbral. Concepto de Salud (O.M.S.). Concepto de toxicomania
Por sentencia de fecha 14 de Junio de 2016, la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en causa nº 76.210 caratulada "Aguirre Sotelo, Mauricio Ruben y otros s/ Recurso de Casación interpuesto por Fiscal General" hizo lugar al recurso, revocando el veredicto absolutorio del Tribunal en lo Criminal Nº 4 de Mar del Plata, determinando que no podría sostenerse con seriedad lo inocuo de quien posee 134 unidades de éxtasis para entregar una o varias pastillas a quien las adquiera, y este último ingerir una o varias dosis en un solo acto. No pareciendo entonces que pueda afirmarse ligeramente que en este tipo de drogas -por su arquitectura- la falta de acreditación de la dosis umbral nos lleve a un estado de atipicidad; menos aún cuando a quien se imputa el delito cuenta con la posesión física de semejantes stocks. Asimismo se valió del concepto de salud de la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.), como aquel estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, y de la toxicomanía o drogadicción com un estado de intoxicación periódica o crónica originada por el consumo repetido de una droga; para concluir que según los parámetros internacionales las actividades previstas y penadas por la Ley 23.737, son indudablemente caracterizadas como enfermedades, por lo que la actividad de tenencia con fines de comercialización de los imputados ha infringido la norma cualquiera haya sido la dosis umbral individual de cada pastilla de metilendioximetanfetamina (MDMA, "éxtasis"). Por último, entendió apropiado abordar la cuestión desde la puesta en peligro de la salud desde una perspectiva psicológica, integrativa del concepto trípode de salud de la O.M.S.; como así también del concepto científico del efecto placebo (remedio que no es remedio).
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