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Blog del Dr. Gustavo C. TRIMARCHI

Policía mata a ladrón en Quilmes.

24/06/2012. El hecho sucedió a las 5:30 de la mañana. Se investiga si el malviviente y su cómplice robaron la moto en la que se desplazaban minutos antes de intentar asaltar al efectivo

Un Policía Federal mató de un balazo a un joven que, presuntamente junto a un cómplice (luego detenido herido), quiso robarle la moto en la que se trasladaba en la localidad bonaerense de Quilmes, informaron fuentes policiales.
 
El hecho ocurrió alrededor de las 5:40, en la avenida Calchaquí al 3400, de Quilmes, donde el efectivo que desempeña sus tareas en el Cuerpo de Infantería fue seguido también en moto por dos asaltantes.
 
Fuentes policiales informaron a Télam que allí uno de los ladrones esgrimió un arma de fuego, por lo que el efectivo extrajo su pistola reglamentaria con la que mató a uno de los delincuentes, mientras que su cómplice huyó.
 
Efectivos de la comisaría 9ª de Quilmes fueron alertados del hecho y concurrieron al lugar, en donde secuestraron un revólver que pertenecería a los delincuentes.
 
Luego, el presunto cómplice fue detenido con una herida de arma de fuego y lo trasladaron de urgencia a un hospital zonal, donde era atendido con custodia policial.
 
Además, los pesquisas secuestraron una moto con algunas manchas de sangre, por lo que creen que pudo haber sido utilizada por los delincuentes cuando intentaron robarle al efectivo.
 El hecho es investigado por el fiscal Jorge Saizar, a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 5 del Departamento Judicial Quilmes.
 

Los pesquisas procuraban determinar esta tarde si esos mismos asaltantes, unos 40 minutos antes del robo, mataron de un balazo en la sien a Fernando Trasnieri (20) para robarle la moto a la salida de un boliche en Berazategui.

Cámara de Apelación Contencioso Administrativo con asiento en San Nicolás. Acción – Admisibilidad. Abogados – Sanciones disciplinarias.

En la ciudad de San Nicolás de los Arroyos, a los 3 días del mes de mayo

de 2012, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en

San Nicolás, integrada por los Dres. Cristina Yolanda Valdez, Damián Nicolás

Cebey y Marcelo José Schreginger, se reúne en Acuerdo Ordinario para dictar

sentencia interlocutoria en los autos "A.A.A. C/ COLEGIO DE ABOGADOS DE LA

PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ RECURSO DIRECTO ", en trámite bajo el nº

1295-2011.

Según el sorteo efectuado, se estableció el siguiente orden de votación:

Dres. Cristina Yolanda Valdez, Marcelo José Schreginger y Damián Nicolás

Cebey.

El Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Corresponde declarar la admisibilidad de la pretensión resarcitoria

incorporada a fs. 80/84?

A la cuestión, la Dra. Valdez dijo:

I.

José Antonio Hormazábal, a fs. 53/67 interpone recurso de apelación, disconforme

con la Resolución -del día 20 de octubre de 2011- dictada por el Consejo Superior

del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, que resuelve rechazar

el recurso de apelación interpuesto por el Dr. A.A.A. contra la Resolución del

Consejo Directivo del Colegio de Abogados Departamental Zárate-Campana (de

fecha 17 de mayo de 2011) en el expediente n° 614/11, y por el cual se le aplicara

una suspensión provisoria para el ejercicio de la profesión de abogado.

II.

Ante el recurso presentado, el Organismo Colegial actuante dispone

conceder el remedio interpuesto y remitir las actuaciones administrativas a esta

Alzada (fs. 68).

III.

Esta Cámara, previo declarar la inconstitucionalidad (fs. 75/77) del

tercer párrafo del artículo 74 del C.C.A. (conf. Ley n° 13.325); dispone que la

pretensión del actor se reencauce bajo el trámite del proceso ordinario reglado por

el Código Contencioso Administrativo.

IV.

A fs. 80/84 la parte actora amplía la demanda, interponiendo

pretensión de resarcimiento de daños y perjuicios, contra los Colegios

profesionales (Departamental Zárate-Campana y Provincia de Buenos Aires),

sustentada en el artículo 20 del C.C.A.

V.

Corresponde, en esta fase liminar del proceso y previo a la

efectivización del traslado de demanda, expedirse sobre la admisibilidad de la

nueva pretensión actoral, quien -habiendo incoado acción de impugnación contra

sendos actos administrativos, que dice perjudicarlo- añade una segunda

pretensión, la que tiene por objeto el resarcimiento de daños y perjuicios.

VI.

Debemos adelantar que no es posible admitir la anexión de la

pretensión indemnizatoria a la acción primigenia.

VII.

La Constitución de la Provincia de Buenos Aires (artículo 41) garantiza

la existencia de los Colegios Profesionales, como personas jurídicas de derecho

público que controlan la profesión y tienen a su cargo, lo que genéricamente se

denomina, gobierno de la matrícula.

También asegura el funcionamiento de estas entidades, importantes

auxiliares del Estado, que ejercen un trabajo de regulación y control de las

llamadas

profesiones liberales, cubriendo intereses colectivos de contenido

económico y sociales, trascendentes para el sector.

Esta función pública, garantizada por el Constituyente y reglada por la

Legislatura, tiene su correlato en el nuevo Código Contencioso Administrativo (en

apartado especial, Capítulo III,

"Impugnaciones contra Resoluciones de Colegios o

Consejos Profesionales y de Cajas de Previsión Social"

).

El CCA fija disposiciones que configuran un procedimiento especial

(plazos, remisión de antecedentes, traslado de demanda), de excepción y, por lo

tanto, de interpretación restrictiva y que marcan

a priori una diferencia con

aquellos organismos administrativos que solo resuelven cuestiones particulares (y

que tiene su regulación en el Capítulo II del C.C.A.).

Es, en tal marco, que las cuestiones resarcitorias no han sido previstas -

por el Legislador- para ser tratadas en esta instancia originaria, quedando la

Alzada como órgano de grado superior, con un procedimiento reglado de atención

de causas en grado de apelación y con limitaciones resolutivas, basadas en los

agravios que el demandante exprese.

En este aspecto, se refuerza el concepto ya expresado, que el Legislador

es quien está facultado para determinar la competencia en razón de la materia de

los Tribunales de Justicia, no regulando en forma especial la pretensión

indemnizatoria (en otras palabras, la acción de daños y perjuicios), la cual tiene un

conducto procesal que garantiza los principios constitucionales de la más amplia

defensa en juicio.

VIII.

Cabe aclarar que, cuando esta Cámara declara la inconstitucionalidad

del tercer párrafo del artículo 74 del C.C.A. y encausa la pretensión a través del

proceso ordinario, lo hace

"...en pos de preservar el derecho de defensa de las

partes, debido proceso y la tutela judicial efectiva (artículos 15, 166 párrafo 5º

CPBA; artículos 18, 75 inciso 22 CN; artículos 8 y 25 de la Convención Americana

sobre Derechos Humanos)"

y no para atribuirse facultades que le competen

solamente al Legislador.

Añadimos que la aludida decisión no se ha tomado con la intención de

modificar un trámite procesal ya decidido por el Poder Competente, sino en

resguardo de garantías básicas, como el acceso irrestricto a la Justicia, la tutela

judicial efectiva y la inviolabilidad de la defensa en juicio, consagrados por las

Constituciones de la Nación y de la Provincia.

Si bien el control constitucional se ha ejercido en el caso, en garantía de

preceptos fundamentales, esta Cámara tiene presente -tal como lo ha entendido

pacíficamente la doctrina y la jurisprudencia- que

"la declaración de

inconstitucionalidad procede sólo cuando es absolutamente preciso, como última

ratio del orden jurídico"

(C.S.J.N. Fallos: 171:87; 247:121; entre otros) y,

agregamos, en sentido restrictivo.

En similar sentido se ha resuelto en causa

"M., A. S. s/ Recurso de

Revisión Colegios o Consejos Profesionales"

; expediente n° 2171, CCASM,

sentencia de fecha 7/4/11.

IX.

Es por ello que, al no violentarse ningún principio constitucional de

defensa en juicio, mediante el proceso normal atribuido a las pretensiones

resarcitorias, es conteste esta Cámara que debe respetarse el cauce legal dado

por el Legislador, en cuanto a la competencia en razón de la materia y el grado,

quedando -a su turno y eventualmente- la vía procesal ordinaria ante el juez

competente.

El Dr. Schreginger dijo:

Que, por similares consideraciones que las expresadas por la Dra. Valdez,

VOTO con dicho alcance.

El Dr.Cebey dijo:

Por coincidir con los fundamentos del primer voto, adhiero al mismo.

En virtud del resultado que instruye el Acuerdo que antecede, este Tribunal

RESUELVE:

1º) Declarar inadmisible la pretensión resarcitoria incoada, por los fundamentos

dados (artículos 74 del CCA y 166 CPCCBA).2º) Disponer el reencauzamiento de

la pretensión por parte del actor, según lo señalado precedentemente.

2º) Sin costas por no existir contradicción.

3°) Sigan los autos según su estado.

Regístrese y notifíquese al actor.

CRISTINA YOLANDA VALDEZ MARCELO JOSÉ SCHREGINGER

DAMIÁN NICOLÁS CEBEY

 ANTE MÍ: 

A.A.A., abogado, por su propio derecho, con el patrocinio letrado del Dr.

Reunion Institucional con funcionarios de Quilmes Primera.

Reunion Institucional con funcionarios de Quilmes Primera.

En fecha 14 de Junio de 2012 autoridades de la mesa Directiva del CMCPQ, conjuntamente con el Asesor Letrado de la institucion, recibieron con la finalidad de abordar diferentes tematicas al  señor comisario Dr. Sergio Marcelo Godoy titular de la Dependencia Quilmes Primera y a la señora Comisario Patricia Negrete, a cargo de la Oficina de Relaciones con la comunidad.

Tres detenidos por el homicidio de Matias Blanco.

(18-06-2012) Una mujer mayor de edad y dos menores fueron detenidos este lunes durante un procedimiento llevado adelante en la villa “Los Alamos”, sospechados de ser partícipes del asesinato de Matías Blanco, el joven profesor de educación física baleado en medio de un intento de asalto ocurrido el viernes 9 de junio en Laprida y 381, de Barrio Parque Calchaquí.

 

 La policía realizó este lunes un operativo en el que se procedió a la detención de estas tres personas sospechadas de haber participado en los hechos que terminaron con la muerte del joven. Durante el allanamiento, se secuestraron seis motocicletas presuntamente robadas, además de algunos objetos que darían indicios de la participación de los detenidos en el crimen del profesor.

 

 

La Justicia, otro año más en emergencia.2012

Así lo dispuso el proyecto que se aprobó en la Cámara de Diputados de la Legislatura. Será una nueva prórroga, por el plazo de un año, a la emergencia de la infraestructura edilicia del Poder Judicial. Por cuarta vez consecutiva se debe tomar esta decisión
Como un trámite de tinte habitual, la cámara baja bonaerense determinó hoy extender la emergencia de la infraestructura edilicia del Poder Judicial. Se trata de la cuarta extensión que se aplica desde que declaró por primera vez, en octubre de 2008.

La iniciativa establece que “se acordaron acciones conjuntas entre la Suprema Corte de Justicia, la Procuración General y el Ministerio de Justicia y Seguridad a fin de lograr soluciones a la problemática que se plantea con la carencia de espacios físicos para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial”.

Explica, además, que tal situación se vio “agravada” en los últimos años, cuando se transformaron los Tribunales de Familia en Juzgados Unipersonales y se crearon nuevos órganos en el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil.

“En función de ello, y teniendo en cuenta la persistencia de las causales que originaron se decrete la emergencia edilicia citada, resulta necesario disponer una prórroga hasta tanto la implementación del Plan de Infraestructura Edilicia proyectado para la construcción de edificios y complejos judiciales se encuentre en una etapa de ejecución”, reza el proyecto.

IUS ARANCELARIO.

Suprema Corte de Justicia de Bs. As.

VISTO: El Decreto 244/2012 que, con vigencia desde el uno de marzo del corriente año, ha modificado el sueldo básico correspondiente al cargo de Juez de Primera Instancia.

Y CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto por el artículo 9 del Decreto Ley 8904/75, texto de la Ley 11.593, corresponde a esta

Suprema Corte establecer el valor del Jus.

Que en este sentido y teniendo en cuenta el nuevo sueldo

básico fijado, así como los adicionales que corresponden por tres años de

antigüedad, gastos funcionales y bloqueo de título, fíjase como valor del Jus la suma de CIENTO OCHENTA Y OCHO ($ 188).

POR ELLO, la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones,

A C U E R D A :

1. Fijar, con vigencia desde el 1 de marzo de 2012, el valor del Jus en CIENTO OCHENTA Y OCHO ($ 188).

 

2. Derogar el Acuerdo 3544.

Familiares y vecinos pidieron justicia por el profesor de gimnasia asesinado en Quilmes.


Se concentraron frente al gimnasio donde daba clases, en Bernal. Matías Blanco tenía 25 años y fue fusilado de un tiro en la cabeza en la madrugada del sábado, cuando llegaba en su auto a la casa de su novia.  “Era un chico maravilloso y no puede ser que lo maten así”, dijo su mamá. Su hermano pidió que si hay testigos que colaboren con la investigación.

Amigos y familiares del profesor de educación física fusilado de un tiro en la cabeza por delincuentes que presuntamente intentaron robarle el auto en el barrio Parque Calchaquí, del partido bonaerense de Quilmes, marcharon esta tarde en reclamo de Justicia y para pedir por la detención de los homicidas.

La movilización, que arrancó a las 18, se desarrolló en Ameghino y Dardo Rocha, frente al gimnasio donde trabajaba la víctima, quien según informaron hoy fuentes policiales, fue identificada como Matías Blanco (25) y que fue hallado gravemente herido de un tiro en la cabeza en el asiento del conductor de su Volkswagen Gol gris, en el que llegaba a la casa de su novia.

La manifestación fue encabezada por la madre y el hermano del joven asesinado que era profesor del colegio San Jorge de Florencio Varela e instructor del gimnasio GO, sobre avenida Dardo Rocha en Bernal.

Los manifestantes se unieron en un aplauso sostenido y marcharon con pancartas con distintas imágenes fotografiadas del joven asesinado y la inscripción "Justicia".

Según voceros policiales, Blanco fue hallado en gravísimo estado cerca de las 2 del sábado, cuando el auto estaba detenido y con el motor acelerado en el cruce de Laprida y calle 381, a metros de la avenida Calchaquí.

Un jefe policial explicó a la agencia de noticias Télam que "le dispararon con el auto en movimiento, la víctima se desvaneció, quedó con el pie en el acelerador y el auto continuó su marcha unos metros hasta detenerse junto a un auto estacionado", que resultó ser el Peugeot 206 de su novia.

Las fuentes indicaron que los delincuentes efectuaron dos disparos con una pistola calibre 9 milímetros, uno de los cuales ingresó por la ventanilla del conductor e impactó en la cabeza de Blanco, mientras que el otro atravesó la luneta trasera. Los peritos recolectaron una vaina de ese calibre a 50 metros de la casa de la novia de la víctima.

Si bien al profesor de educación física aparentemente no le faltó nada, la principal pista apunta a un homicidio en ocasión de robo. De acuerdo a esta línea investigativa, Blanco habría sido atacado por delincuentes que lo interceptaron con fines de robo cuando estaba al volante de su Gol y no se detuvo.

Tras el ataque, Blanco fue trasladado de urgencia al hospital El Cruce, de Florencio Varela, donde ingresó en gravísimo estado, con pérdida de masa encefálica, y murió el sábado cerca de las 8.

 

Refelexion: Seguramente en las proximas horas se concreten aprehensiones, atento la modalidad del hecho, los asesinos seguramente cuenten con antecedentes penales y habiten algun asentamiento o complejo habitacional de la zona sur del conurbano, pero nada devolvera la vida de Matias....x el y tantos otros...JUSTICIA.

La droga y la violencia en el delito se incrementan a diario y solo pueden combatirse con una politica de Estado, destinada a combatir la criminalidad, mientras ello no ocurra las muertes producto de hechos delictivos no cesaran....

 

 

 


 

Detienen al dueño de una curtiembre de Lanús por violar una clausura de Acumar.

 
El dueño de una curtiembre del partido bonaerense de Lanús fue detenido por haber violado la clausura del establecimiento que había dispuesto la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (Acumar).

La medida la ordenó el juez Federal de Quilmes, Luis  Antonio Armella, en el marco de la causa por el saneamiento de la cuenca hídrica Matanza-Riachuelo por disposición de la Corte Suprema, luego de que 'personal policial, con intervención de inspectores de la Acumar, advirtió la violación de la clausura que había sido dispuesta por las autoridades de ese organismo', informaron este jueves fuentes judiciales.
Este es 'el tercer caso de violación de clausura dispuesta por Acumar que ha sido detectado en los últimos 30 días, todos ellos en Lanús', señalaron las fuentes y recordaron que los responsables pueden ser castigados con penas que llegan a los dos años de prisión.
En la misma causa, el 31 de mayo último el juez excarceló a Oscar Florencio Córdoba, titular de una empresa de galvanoplastía, también ubicada en Lanús y dedicada al niquelado de metales, que había sido clausurada por volcar residuos al río.
La clausura dispuesta por la Acumar, que actualmente pesa sobre el establecimiento, es para evitar que se prosigan volcando líquidos o sustancias tóxicas a la cuenca hídrica, cuyo saneamiento fue ordenado por la Corte Suprema en la causa “Mendoza”.

http://www.youtube.com/watch?v=bxcUlg2uCt8

No hay que pagar por ser infiel si ya se estaba separado de hecho.

Lo dispuso la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires; revocó un fallo de Casación que afirmaba lo contrario.

La Suprema Corte de Justicia bonaerense estableció hoy que una persona que se haya separado de hecho de su cónyuge no puede ser culpable de adulterio si, aun casada pero no conviviendo, comienza otra relación sentimental.

El fallo , que revierte la jurisprudencia que había sobre esta materia en la provincia de Buenos Aires, estableció así que cuando ya no se comparte el lecho conyugal no hay deber de fidelidad.

El máximo tribunal de Justicia intervino en un conflicto desatado en el matrimonio oriundo de Junín identificado en el fallo por las iniciales "I.I.R." y "M.R.L", para preservar la privacidad de los protagonistas. La Cámara en lo Civil y Comercial de Junín condenó en un juicio de divorcio a un hombre -"IIR"- a pagarle a su mujer una indemnización por adulterio e injurias graves, por haber tenido relaciones extramatrimoniales estando separado de hecho.

Tal como lo indicaba la jurisprudencia bonaerense, la Cámara había señalado que sólo una sentencia firme que decrete la separación personal o el divorcio vincular hace cesar alguno de los deberes conyugales. Mientras tanto, pese a la separación de hecho existente, permanecen los de asistencia, alimentos y fidelidad.

Sin embargo, aquí los ministros de la Corte bonaerense decidieron cambiar su criterio: es que la separación se produjo de común acuerdo y tres años después el hombre comenzó una relación con otra mujer.

A lo largo de las 60 fojas del fallo al que accedió la agencia DyN se deja claro que la separación de hecho no equivale a divorcio, pero tiene efectos incuestionables en razón de la falta de convivencia por parte de los esposos, "los cuales son sin discusión: la ruptura de la cohabitación y el débito conyugal". Fue en ese marco que la Corte bonaerense se pregunta: "¿Hasta cuándo será exigible una fidelidad que mantenga las exigencias éticas de un hecho que alguna vez se propuso para siempre?".

Por mayoría, la Corte bonaerense resolvió que el deber de fidelidad no persiste si existe separación de hecho de los cónyuges sin voluntad de unirse.

Consumo de drogas: debate el Congreso la despenalización.

La Cámara de Diputados comenzó ayer a debatir la despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal y el primer invitado que acudió a las comisiones de Legislación Penal y de Prevención de la Drogadicción fue el juez de la Corte Suprema de Justicia, Eugenio Zaffaroni. El magistrado aseguró que las políticas represivas que rigen desde los años ?60 "han fracasado estrepitosamente porque se aborda un problema de salud pero se le asigna una naturaleza criminal, por lo tanto no se resuelve nada".

Zaffaroni resaltó que en la Argentina casi no hay sentencias que condenen a quien consume estupefacientes, sobre todo después del fallo de la Corte de 2009, en el caso Arriola, que consideró que no se puede castigar al consumidor. "De manera que actualmente estamos desperdigando esfuerzos policiales y judiciales en expedientes que no llevan a ningún lado, en lugar de concentrar la represión en el narcotráfico y abordar la drogadependencia con políticas sociales y sanitarias muy activas", planteó.

Zaffaroni avaló el proyecto de ley que están consensuando los principales referentes sobre el tema de las tres bancadas más grandes: la kirchnerista Diana Conti, el radical Ricardo Gil Lavedra y Victoria Donda, del FAP. El mismo prevé la despenalización si alguien tuviere en su poder estupefacientes "cuando de la cantidad y del tipo de sustancia poseída y de las circunstancias de tiempo, lugar y modo" se sugiere que la tenencia es para uso personal.

El juez se mostró contrario a que la ley diferencie entre drogas "duras y blandas", aunque sí alertó sobre el paco. "Ahí no basta con despenalizar. Se necesita otra cosa", reconoció el magistrado, tanto a nivel social como sanitario. "No se trata sólo de despenalizarlo sino de tener una política social activa", manifestó, y apoyó en ese sentido un proyecto de ley del diputado Omar Plaini (FPV). Además, Zaffaroni señaló que detrás del paco no hay redes delictivas a gran escala ya que su fabricación es "artesanal", en "cocinas" que dan origen a "una mafia barrial".

Zaffaroni aseguró además que debe ser la Justicia la que determine si la droga que tiene una persona es para consumo personal o para comercialización. "A la Policía hay que sacarle toda potestad de discernir, sino se mete en la vida de la gente para hacer caja", afirmó. Además, ante una pregunta del jefe del bloque del PRO, Federico Pinedo, el magistrado dijo que la ley debe penar sólo la venta de drogas para consumo personal y no la acción de la compra para consumo personal "porque eso es una decisión de política criminal".

Sólo un diputado mendocino participó del debate de ayer en la Cámara baja, el radical Enrique Vaquié, quien no es miembro de ninguna de las dos comisiones que deben expedirse primero sobre el tema. "Fui porque estoy formando mi opinión, es algo complejo y será un debate interesante", dijo el economista. El radical se animó a anticipar que "estoy de acuerdo con la despenalización del pequeño consumidor, porque el sistema de criminalización actual no sirve para nada, pero hay que esperar a ver qué se está redactando", manifestó.

Aunque no participaron ayer del debate, otros legisladores mendocinos dieron sus opiniones. El demócrata Omar De Marchi se mostró decididamente en contra de la despenalización. "En Argentina primero se liberó el comercio mayorista de drogas cuando el Gobierno aprobó un blanqueo enorme de capitales hace dos años y ahora se quiere liberar el comercio minorista de drogas despenalizando la tenencia de drogas para consumo, que es el hecho sobre el que se monta todo el negocio del narcotráfico", opinó.

En tanto, Enrique Thomas, quien preside el bloque Frente Peronista, comentó que mantuvo una reunión ayer por la tarde con su bancada y se decidió avanzar en profundidad sobre el tema. "Penalizar o despenalizar es banal, no resuelve el problema de fondo. Por eso vamos a presentar un proyecto de ley propio mucho más amplio", dijo.

Luego de Zaffaroni, brindó un informe la titular de la Comisión Nacional de Políticas Públicas de Prevención y Control del Tráfico de Estupefacientes, Mónica Cuñaro, quien también avaló el proyecto que están estudiando los diputados, aunque recomendó algunos aspectos que contiene el proyecto presentado por el senador K Aníbal Fernández, que fue co-escrito por ella. Pese a que estaban invitados, pegaron el faltazo la ministra de Seguridad, Nilda Garré, y el titular de la Sedronar, Rafael Bielsa. En tanto hoy, varias organizaciones sociales darán sus opiniones.

Ustedes se ríen de mi porque soy diferente, pero yo me río de ustedes porque son todos iguales...

Certifica.com


Buenos Aires, 4 de junio.- Un hombre fue condenado hoy a ocho años y cuatro meses de cárcel por atropellar y matar al joven Matías "Pato" Cardozo mientras corría una "picada" de autos en 2008, en la localidad bonaerense de San Martín.
El fallo, que fue unánime, recayó sobre Víctor Hugo Altamirano (34), quien había llegado libre al juicio pero quedó detenido tras conocerse la sentencia.
Este mediodía, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3 de San Martín condenó a Altamirano por el delito de "homicidio simple con dolo eventual" y ordenó su inmediata detención por considerar que existía riesgo de fuga.
Es que está pendiente una resolución de la Suprema Corte de Justicia bonaerense respecto del pedido de eximición de prisión presentado desde el inicio de la causa por la defensa de Altamirano que luego apeló cada vez que le fue rechazada.
Diego Ontiveros, abogado de la familia Cardozo, explicó a Télam que al no haber una resolución firme respecto de esa cuestión es que el ahora condenado llegó libre al debate oral.
Sin embargo, a partir del fallo de hoy, Altamirano fue retirado esposado y con custodia policial del recinto de la sala A del entrepiso del edificio judicial situado en Ricardo Balbín 1750 de San Martín, donde se leyó el veredicto.
Además, Ontiveros indicó que los jueces María del Carmen Paz, Miguel Ángel Bacalhau y Julián Descalzo ordenaron investigar las "picadas" que se llevan a cabo en el lugar donde murió Cardozo y el supuesto rol de la policía de la zona.
"Es un fallo ejemplificador. Queríamos que la Justicia empezara a cambiar en los casos de muertes por accidentes de tránsito, que generalmente son considerados hechos culposos", dijo a Télam Noemí Romero de Cardozo, madre de "Pato".
Acompañada por familiares y amigos que vistieron remeras amarillas con la inscripción "El Juicio" y una imagen fotografiada de la víctima, la mujer agregó: "Ahora estamos más tranquilos. Este fallo nos da un poco de paz y fuerza para seguir trabajando".
Es que Noemí fundó tras la muerte de su hijo la ONG "Malditas Picadas" que trabajaba en la concientización de la población para que no corran con sus autos.
En su alegato de la semana pasada, el fiscal del juicio, Rodolfo Domínguez, había pedido al tribunal que condenara a Altamirano a nueve años y medio de prisión por "homicidio simple con dolo eventual" y ordenara su inmediata detención.
Por su parte, el abogado de la familia Cardozo había solicitado una pena de 10 años y 6 meses de prisión, al tiempo que coincidió con el fiscal en solicitar también la detención de Altamirano.
Mientras que el abogado Omar Gauna, defensor de Altamirano, había pedido una condena de tres años de prisión en suspenso pero por "homicidio culposo".
Este delito se castiga con penas de seis meses a cinco años de prisión, mientras que una condena por "homicidio simple con dolo eventual" tiene una escala de ocho a 25 años.
El debate, durante el que Altamirano no declaró, comenzó el 21 de mayo, cuando siete testigos del hecho declararon que el acusado corría una "picada" contra otros dos autos y que su vehículo fue el que atropelló y mató a Cardozo.
En otra jornada del juicio, tres peritos de la Policía Científica coincidieron en que el imputado conducía su Fiat Bravo azul a una velocidad de entre 80 y 100 kilómetros por hora al momento de atropellar a Cardozo, cuando la permitida era de 60.
Estos peritos ratificaron que el rodado tenía pegado varios stickers de empresas dedicadas a la competición automovilística y en la puerta del conductor uno con la inscripción "Altamirano V. (+)", similar a los que colocan los corredores profesionales.
Durante el debate también declararon los policías que secuestraron el auto de Altamirano en la casa de sus padres, quienes dijeron que "el vehículo estaba oculto en el fondo y le habían sacado la chapa patente", según explicó Ontiveros.
Mientras que un último testigo presencial dijo haber visto a Altamirano correr una "picada" en avenida Constituyentes e Illia, de San Martín, media hora antes de que atropellara a Cardozo.
El hecho ocurrió la noche del 16 de junio de 2008, cuando "Pato" Cardozo (23) iba hacia una estación de servicio a comprar una tarjeta de teléfono celular para llamar a su novia.
Cuando se disponía a cruzar la avenida Presidente Perón, esquina Alvear, aparecieron tres vehículos que venían a gran velocidad y pasaron con semáforo en rojo.
Uno de los vehículos sobrepasó por la izquierda a un auto que respetaba el semáforo, mientras que el Fiat que conducía Altamirano lo hizo por la derecha, de contramano, y atropelló a Cardozo cuando cruzaba por la mitad de la avenida.
El joven fue lanzado a más de 30 metros del lugar, sobre la vereda, y el conductor escapó, sin asistirlo.
Según testigos, Altamirano cruzó varios semáforos en rojo para escapar e incluso pasó por un destacamento de la Policía Buenos Aires 2 con el auto destrozado, echando humo, el parabrisas roto y una gran pérdida de aceite, aunque nadie lo detuvo.
Recién tres meses después del hecho, Altamirano, ya imputado en la causa, se presentó ante la Justicia.

 

De regreso al paro, judiciales se movilizaron a la Corte.


Los trabajadores judiciales retomaron hoy las medidas de fuerza ante la decisión de la Suprema Corte de descontar los días de huelga que realizaron el mes pasado, y en reclamo de la aplicación de la ley de Porcentualidad salarial.

Los trabajadores se concentraron frente a la Suprema Corte, en la avenida 13 entre 47 y 48, donde incendiaron cubiertas. Según señalaron distintas fuentes, se produjeron incidentes cuando judiciales habrían intentado evitar que algunos bomberos apagaran cubiertas encendidas.

"Seguimos dando muestras de dignidad, honestidad y compromiso, a pesar de la represión directa e indirecta de la que somos objeto, que forma parte de una batería que lleva adelante el gobierno mientras nos sigue negando el derecho a negociar la Porcentual", disparó en la manifestación el secretario general del sindicato, Hugo Blasco.

Al anunciar que seguirán las protestas, el dirigente afirmó que "no vamos a tolerar tanto atropello y vamos a seguir luchando hasta conseguir la ley Porcentual, que es el sistema remunerativo más justo".

Blasco advirtió que "le decimos a la Corte que nos pueden intimidar con la policía dentro de tribunales, con los descuentos que hicieron a los sueldos de abril y lo harán con los haberes de mayo, pero no nos van a torcer el brazo".

Finalmente el gremio anticipó que el lunes continuarán los protestas con distintas modalidades, y que los trabajadores volverán al paro el viernes próximo, en el marco de una jornada nacional de lucha de la Federación Judicial Argentina.