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Blog del Dr. Gustavo C. TRIMARCHI

Modificación del Código Penal sobre Penas a los que por por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo causare daños a otro.-



LEY 27.347
BUENOS AIRES, 22 de Diciembre de 2016Boletín Oficial, 6 de Enero de 2017Individual, Solo Modificatoria o Sin EficaciaId SAIJ: LNN0029904
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTÍCULO 1° - Modifícase el artículo 84 del Código Penal, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 84: Será reprimido con prisión de uno (1) a cinco (5) años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco (5) a diez (10) años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo causare a otro la muerte. El mínimo de la pena se elevará a dos (2) años si fueren más de una las víctimas fatales.

ARTÍCULO 2° - Incorpórase como artículo 84 bis al Código Penal, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 84 bis: Será reprimido con prisión de dos (2) a cinco (5) años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco (5) a diez (10) años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte.

La pena será de prisión de tres (3) a seis (6) años, si se diera alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior y el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima siempre y cuando no incurriere en la conducta prevista en el artículo 106, o estuviese bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos (500) miligramos por litro de sangre en el caso de conductores de transporte público o un (1) gramo por litro de sangre en los demás casos, o estuviese conduciendo en exceso de velocidad de más de treinta (30) kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, o si condujese estando inhabilitado para hacerlo por autoridad competente, o violare la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular o cuando se dieren las circunstancias previstas en el artículo 193 bis, o con culpa temeraria, o cuando fueren más de una las víctimas fatales.

ARTÍCULO 3° - Modifícase el artículo 94 del Código Penal, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 94: Se impondrá prisión de un (1) mes a tres (3) años o multa de mil (1.000) a quince mil (15.000) pesos e inhabilitación especial por uno (1) a cuatro (4) años, el que por imprudencia o negligencia, por impericia en su arte o profesión, o por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo, causare a otro un daño en el cuerpo o en la salud.

Si las lesiones fueran de las descriptas en los artículos 90 o 91 y fueren más de una las víctimas lesionadas, el mínimo de la pena prevista en el primer párrafo, será de seis (6) meses o multa de tres mil (3.000) pesos e inhabilitación especial por dieciocho (18) meses.

ARTÍCULO 4° - Incorpórase como artículo 94 bis del Código Penal, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 94 bis: Será reprimido con prisión de uno (1) a tres (3) años e inhabilitación especial por dos (2) a cuatro (4) años, si las lesiones de los artículos 90 o 91 fueran ocasionadas por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor.

La pena será de dos (2) a cuatro (4) años de prisión si se verificase alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior y el conductor se diese a la fuga, o no intentare socorrer a la víctima siempre y cuando no incurriera en la conducta prevista en el artículo 106, o estuviese bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos (500) miligramos por litro de sangre en el caso de conductores de transporte público o un (1) gramo por litro de sangre en los demás casos, o estuviese conduciendo en exceso de velocidad de más de treinta (30) kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, o si condujese estando inhabilitado para hacerlo por autoridad competente, o violare la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular, o cuando se dieren las circunstancias previstas en el artículo 193 bis, o con culpa temeraria, o cuando fueren más de una las víctimas lesionadas.

ARTÍCULO 5° - Modifícase el artículo 193 bis del Código Penal, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 193 bis: Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3) años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo con motor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente.

La misma pena se aplicará a quien organizare o promocionare la conducta prevista en el presente artículo, y a quien posibilitare su realización por un tercero mediante la entrega de un vehículo con motor de su propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que será utilizado para ese fin.

ARTÍCULO 6° - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Firmantes

MICHETTI-MONZÓ-Inchausti-Tunessi

Judiciales anuncian un año de conflictos.-

La Asociación Judicial Bonaerense, regional Quilmes, dijeron que rechazarán el 18% que ofrecerían desde Provincia y vaticinan que será compleja la negociación de paritarias.-

  Se augura un año complejo para los sindicatos de la Provincia. Tras la feria, los judiciales anunciaron que las expectativas se basan en la conflictividad que presentará el 2017 y ya adelantaron que rechazaran un posible 18% que ofrezca el Ejecutivo bonaerense.  "Desde ya preveemos que se producirá un conflicto, en principio porque en esa instancia cerramos el 2016 y con el panorama que se vislumbra de las mismas características será este año. Esto es una sumatoria a la medida de maquillaje que anuncia el gobierno de eliminar la feria judicial, algo que es una falacia porque no se mejorará de esa manera el servicio de justicia y además los tribunales funcionan siempre con órganos de turno para que se garantice la atención a la ciudadanía", dijo Nahuel Staffa, de la Asociación Judicial Bonaerense Quilmes.  La polémica surgió luego que el ministro de Justicia de Nación Germán Garavano anunciara que el gobierno impulsará una reforma para suprimir la feria judicial. El receso de actividades que actualmente se extiende por 45 días, un legislador del oficialismo impulsa un proyecto para aplicar la misma medida en los tribunales de la Provincia.


Tratavias de acuerdo


  La iniciativa lleva la firma del diputado de Cambiemos Guillermo Castello, quien propone "reformular el sistema, porque en la Provincia la administración de Justicia se paraliza la sexta parte del año". El proyecto de Castello, un legislador que políticamente responde a la líder de la Coalición Cívica Elisa Carrió, amenaza con disparar una polémica en el Poder Judicial bonaerense similar a la que se abrió en Nación tras el anuncio de Garavano.  En misma linea que el secretario General de la AJB, Pablo Abramovich coincidió en que "también se procura debilitar a los sindicatos. Uno de los objetivos es plantear la estrategia de flexibilización para abaratar costos e impedir que los perjudicados por el sistema se organicen y modifiquen la situación, como en los '90. Insisto, son medidas de maquillaje del Ejecutivo que busca perjudicar la imagen de los gremios y es una realidad que se vendrá un año de confrontaciones", finalizó Staffa.  El año pasado el conflicto duró varias semanas, con marchas hacia La Plata.

El Dr. Mario Eduardo Kohan es el nuevo Presidente del Tribunal de Casación Penal.-

Con fecha 2 de febrero de 2017 la Suprema Corte de Justicia realizó el sorteo pertinente para la designación del Presidente del Tribunal de Casación Penal, establecido en la cláusula transitoria del art. 3º de la ley 14.065, resultando desinsaculada la bolilla correspondiente al Dr. Mario Eduardo Kohan.

ver resolucion 4-17.pdf 151 Kb. ver acta del sorteo.pdf 74 Kb.


Los judiciales toman una medida de fuerza.

 

Los trabajadores judiciales nucleados en la Unión de Empleados de la Justicia Nacional (UEJN) realizarán este viernes un cese actividades de 24 horas en rechazo al traspaso "inconsulto" e "inconstitucional" de parte de la justicia nacional a la órbita porteña.

El anuncio lo formuló en declaraciones radiales el titular de la UEJN, Julio Piumato, quien sostuvo que el decreto de traspaso "fue firmado el 19 de enero pero todavía lo desconocemos", con lo cual -indicó- "parece un texto secreto y no se sabe si lo están modificando o qué".

Por su parte, en un comunicado de prensa, la UEJN planteó que "los trabajadores estamos siendo equiparados a bienes muebles y se nos quiere traspasar de la Justicia Nacional al ámbito de la justicia porteña, inconsulta e inconstitucionalmente, ya que no hemos sido consultados orgánicamente respecto a este convenio".

De acuerdo con lo resuelto por el gremio encabezado por Piumato, el paro del viernes se extenderá a todos los trabajadores del Poder Judicial de la Nación, los Ministerios Públicos Fiscal de la Defensa y de las Fiscalías.

Un empresario fue acribillado a balazos y le roban 6 millones de pesos.-


Un empresario fue asesinado hoy a balazos y un policía resultó herido al ser asaltados en la localidad bonaerense de Florencio Varela por una banda de delincuentes que robó los seis millones de pesos que trasladaban desde una empresa distribuidora de cigarrillos y golosinas hasta un banco, informaron fuentes policiales.

El hecho ocurrió alrededor de las 10 en la intersección de la avenida República de Francia y José Blanco, donde la víctima, un empresario identificado como Aldo Oscar Venturini (69), se movilizaba en una camioneta Renault Master junto a dos policías que iban de custodios. Según las fuentes, Venturini había partido de su distribuidora de cigarrillos, galletitas y golosinas rumbo a un banco con una cifra cercana a los seis millones de pesos.

En el mencionado cruce de calles, la Renault Master fue interceptado por una camioneta tipo pick up que podría ser una Volkswagen Amarok o una Ford Ranger en la que circulaban varios delincuentes que se bajaron del vehículo y comenzaron a disparar, incluso con armas largas, según detallaron las fuentes.

En el lugar se originó un intercambio de disparos entre los ladrones y los dos policías que viajaban como custodios y Venturini, quien viajaba en el asiento del acompañante, fue alcanzado por los balazos y murió en el lugar.

De los dos policías que viajaban con Venturini -ambos franco de servicio y petenecientes al Comando de Patrullas de Quilmes-, uno resultó ileso y el otro, el teniente primero Leonardo Flores, fue herido a tiros en sus piernas, por lo que fue trasladado al Hospital El Cruce de Florencio Varela.

Voceros policiales indicaron que luego de asesinar al empresario, uno de los asaltantes se llevó el bolso donde la víctima llevaba los seis millones de pesos que iba a depositar.

Efectivos de la comisaría 3ra. de Florencio Varela hallaron luego abandonada una camioneta Ford Ranger patente LXU 843 con manchas de sangre en el asiento del acompañante -se cree que uno de los autores fue herido por los policías-, que se presume fue la utilizada por los delincuentes en el asalto.

Según testigos, los ladrones huyeron luego en un automóvil Chevrolet Agile que estaba siendo intensamente buscado.


Tribunal de Casación Penal. Sala de Feria (V). Causa "Bruera". Hábeas Corpus. Procedencia. Eximición de prisión. Artículo 431 C.P.P. Inobservancia.

Por sentencia de fecha 12 de Enero de 2017, la Sala de Feria del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en causa nº 81.824 caratulada "Bruera, Mariano Oscar s/ Habeas Corpus interpuesto por el hermano", resolvió hacer lugar al hábeas corpus formulado, por haber sido inobservado el art. 431 del C.P.P., y disponer la inmediata libertad de Mariano Oscar Bruera, Enrique Ángel Sette, Gustavo Petro y Roberto Moreno, medidas que deberán efectivizarse en el día de la fecha desde el lugar de su alojamiento, previo labrar las actas respectivas y certificar la inexistencia de algún impedimento legal que las obsten. Sin costas en esta instancia (arts. 20 inc. 1º de la Constitución provincial, 169, 405, 406, 431, 510, 530, 531 y ccdtes del C.P.P.).


Ver Sentencia (81824).pdf 130 Kb.

La lluvia cayó con furia sobre Quilmes y alrededores.

La lluvia no dio tregua y cayó con ráfagas de viento que llegaron a tirar árboles, carteles e inundar varias zonas de la ciudad.
No faltó el granizo que se hizo sentir en varias zonas. Son muchos los barrios que se quedaron sin luz, entre ellos, Villa Alcira, parte de Don Bosco, Bernal Oste y Quilmes Oste. En el bajo vías de Amoedo, quedó atrapado un auto.


Quilmes no es el único distrito del Sur del Gran Buenos que enfrenta históricos problemas con las lluvias. La gestión del ex intendente Gutiérrez en 8 años no resolvió los problemas de fondo de la gran mayoría de los barrios de Quilmes. Distritos vecinos como Avellaneda, Lanús, Varela y Berazategui también han padecido los efectos de la furia del temporal que pasó por Buenos Aires.

Defensa Civil Quilmes: 4257-4411.

      

En el dia de la fecha se produjo el fallecimiento  Dr. Ricardo Cesar Baguparticipo con profundo dolor su fallecimiento y acompañO en este difícil momento a su familia, rogando una oración por el eterno descanso de su alma.


El Dr. Bagu se habia desempeñado desde 1994 como Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 7 Del Departamento Judicial Qulmes y desde 2012 hasta la actualidad en la Camara Civil y Comercial Sala I del Departamento Judicial de Azul.

Acuerdo 3830/16 y modificatorios. Magistrados y organismos para la atención de asuntos de urgente despacho durante el servicio de Feria del mes de enero de 2017.

Ver Acuerdo 3830-16.pdf 1160 Kb. Ver Acuerdo 3836-16.pdf 114 Kb.


Ordenan reabrir la denuncia de Nisman contra Cristina.

La Cámara Federal de Casación Penal ordenó este jueves abrir la denuncia que hizo el fiscal Alberto Nisman antes de morir contra la expresidente Cristina de Kirchner por encubrimiento de Irán en el atentado contra la AMIA, y que había sido desestimada en todas las instancias por "inexistencia de delito".

La resolución fue adoptada por la Sala I del más alto tribunal penal del país, lo que permitirá abrir la investigación por la denuncia que hizo Nisman.

La denuncia había sido desestimada en ocasiones anteriores, en fallos de primera y segunda instancia. Falta determinar qué juez quedará a cargo de la causa.

La semana que viene tendrá inicio la feria judicial, por lo que se prevé que se retome el caso en febrero. 

En agosto de este año, el juez federal Daniel Rafecas resolvió no hacer lugar a la petición de la DAIA de reabrir la investigación relacionada con la denuncia que en enero de 2015 presentara Nisman.

En la resolución, el Magistrado sostuvo que "las dos cuestiones que aquí viene a presentar la DAIA en su escrito, lejos de cambiar el parecer del suscripto en este asunto, lo refuerzan, pues en definitiva revelan una ausencia de reales elementos de prueba que vengan a poner en tela de juicio las afirmaciones antes desarrolladas".

"Por un lado, una conversación telefónica entre el ex Canciller Timerman y el dirigente comunitario Guillermo Borger, de la cual, lo único relevante a los efectos de esta causa, es que el primero de los nombrados le atribuye a Irán la responsabilidad de haber colocado el explosivo en la sede de la AMIA en 1994, esto es, una afirmación, en términos coloquiales, de la postura que la República Argentina ha venido sosteniendo oficial y públicamente" desde 2006.

"Francamente entonces, no se advierte en qué esta conversación puede poner en jaque el sólido edificio fáctico y jurídico, que se evidencia en esta causa, consolidado en las tres instancias penales", señaló en los argumentos.

"Para colmo, con respecto a una conversación de carácter privado que, conforme las declaraciones públicas de ambos interlocutores, conspicuos representantes de la comunidad judía argentina, habría sido grabada por terceras personas", añadió.

Respecto del otro argumento según el cual la declaración de inconstitucionalidad del Pacto con Irán ha quedado firme, sostuvo el Juez que "tanto en la resolución de desestimación de primera instancia, como -especialmente- en la decisión del Superior, ha quedado bien en claro que la cuestión de la declaración de inconstitucionalidad del Pacto con Irán fue tenido muy en cuenta para desarrollar los argumentos tendientes a desechar la denuncia del Dr. Nisman y por lo tanto, el mero dato de que dicha inconstitucionalidad adquirió firmeza, no viene más que a reafirmar aquellos argumentos en tal sentido".

"Con más razón, al reparar en que la misma Sala de la Excma. Cámara Federal que ha confirmado el fallo de desestimación de la denuncia del Dr. Nisman, es la misma que, dos años antes, revocó el fallo del juez de grado y fundamentó y declaró la citada inconstitucionalidad del Pacto con Irán, de modo que no se puede advertir en este "nuevo hecho" que presenta la DAIA, nada que vaya a modificar lo ya decidido".

"Al contrario, lejos de constituir un argumento en contra de lo decidido en esta causa, constituye un argumento en su favor, pues cierra definitivamente la posibilidad fáctica de activar la "Comisión por la Verdad" que figuraba en la letra del convenio, sellando entonces la suerte de aquel otro argumento, ya desechado, de la denuncia original", señaló.

Finalmente, el rechazo al planteo de la DAIA trajo aparejado, por razones procesales -inexistencia de causa-, la imposibilidad de aceptar ser tenido como parte querellante.

Un mes más tarde, en septiembre, la Sala I de la Cámara Federal rechazó los recursos de apelación del Ministerio Público Fiscal y de la DAIA contra la resolución del juez Daniel Rafecas, que había desestimado la "reapertura" de la causa y que se le otorgue a esta última el carácter de parte querellante

Asumió Julio Conte Grand en la Procuración General de la Suprema Corte.

La gobernadora de la provincia de Buenos Aires, María Eugenia Vidal, participó de la ceremonia de asunción del nuevo Procurador General de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, Julio Conte Grand.
La ceremonia se realizó en el Salón de Audiencias del edificio que ocupa el máximo tribunal provincial en la ciudad de La Plata, con la presencia del presidente de la Suprema Corte, Luis Genoud; la vicepresidenta del cuerpo, Hilda Kogan; los ministros Héctor Negri, Eduardo Pettigiani y Daniel Soria; el vicegobernador Daniel Salvador y el presidente de la Cámara de Diputados provincial, Manuel Mosca, entre otros funcionarios.



También es ley: se agravan las penas por delitos viales.-

La Cámara de Diputados convirtió aprobó el proyecto que agrava las penas por delitos viales, al establecer que no se podrá excarcelar a los responsables de ocasionar accidentes que produzcan la muerte de una o más personas, ya que se estableció una pena mínima de tres años.


El plenario legislativo insistió con la sanción original del proyecto que eleva las penas para las muertes ocasionadas en accidentes de tránsito, ya que el Senado había realizado modificaciones que no fueron aceptadas por los diputados y eran cuestionadas por la organización Madres del Dolor, que agrupa a víctimas de este delito.

La iniciativa se convirtió en ley con 197 votos favorables, uno negativo que correspondió al diputado de izquierda Juan Carlos Giordano, y cuatro abstenciones, una del Movimiento Evita y tres del Frente de Izquierda de los Trabajadores (FIT).

Con esta ley los conductores que con su accionar produzcan la muerte de una o más personas tendrán penas de tres a seis años, por lo que no será un delito excarcelable, si se comprueba que manejaron con un grado de alcohol superior a un grado por litro.

En el caso de los choferes del transporte público la pena se aplica si lo hacen con 0,5 gramos por litro.

También el juez podrá condenar a tres años al conductor cuando se compruebe que mató porque iba a una velocidad superior del 30 por ciento de la máxima permitida.


No sólo los jueces: funcionarios y empleados del Poder Judicial también pagarían Ganancias.



Más allá de querer rebautizar el impuesto a las Ganancias por "Ingresos del Trabajo Personal en Relación de Dependencia y otras rentas", el proyecto opositor unificado -entre otros puntos clave- insiste en que los jueces comiencen a pagar el gravamen, pero agrega también a funcionarios y empleados del Poder Judicial, que antes no estaban contemplados

El nuevo proyecto para modificar el impuesto a las Ganancias que llegó al Senado obtuvo dictamen para ser tratado este miércoles en la Cámara Alta, y -en sus 20 páginas- hay novedades que no habían sido anunciadas en las conferencias de prensa. Tampoco en las reuniones con el sindicalismo y los gobernadores.

 

Más allá de querer rebautizar el impuesto a las Ganancias por "Ingresos del Trabajo Personal en Relación de Dependencia y otras rentas", el proyecto opositor unificado -entre otros puntos clave- insiste en que los jueces comiencen a pagar el gravamen, pero agrega también a funcionarios y empleados del Poder Judicial, que antes no estaban contemplados.

Carlos Carrascosa: qué dice el fallo que lo absolvió.

Carlos Carrascosa fue absuelto hoy en el marco de la causa que investiga el crimen de María Marta García Belsunce , su esposa. El fallo, firmado por los jueces Víctor Horacio Violini, Martín Manuel Ordoqui y Daniel Carral, dispone "absolver a Carlos Alberto Carrascosa en orden a los delitos de encubrimiento agravado y homicidio calificado por el vínculo" y "disponer la inmediata libertad".
Estas son las tres principales conclusiones a las que llega el juez Violini, y que son luego apoyadas por sus otros dos colegas:

"El horario en que según el fiscal [Diego Molina Pico] se cometió el homicidio se encuentra desautorizado por el horario dado por los médicos que realizaron la autopsia, conforme lo declararan en un juicio posterior, pues en este expediente, el fiscal nunca los citó para interrogarlos a este respecto"

 "Luego, y aún haciendo caso omiso de las sucesivas modificaciones en aspectos fácticos esenciales, lo que resulta es que si Carrascosa llegó a su domicilio en el horario que afirma el fiscal, no es posible que sea el autor del homicidio, porque la desautoriza la prueba médica que omitió producir, pero que se llevó a otro juicio"

"Las dos afirmaciones precedentes, en la tesis fiscal, se sostienen en prueba testimonial que resultó contradictoria a lo largo del expediente (dichos de Vargas, Maciel, Vera); en prueba testimonial que no dice necesariamente lo que el fiscal dice que dice (declaraciones de Benítez, Obednorfer, Castro y Verona); en prueba que no existe (la pelea previa, la "mucama" nunca identificada que habría prestado servicios en la casa del encartado el día del hecho); en prueba que dice exactamente lo contrario a lo pretendido (la brutal golpiza que no surge de las constancias de la autopsia); en datos que se silencian para no perjudicar la tesis acusatoria, perdiendo de vista que la labor del fiscal es objetiva (resultados negativos de los peritajes de ADN); en afirmaciones que no se tuvieron por probadas (pago y acuerdo con Gauvry Gordon y Michelini), y en móviles que no pudieron ser acreditados (cartel de Juárez), por citar sólo algunas de las inconsistencias antes explicadas".

Otros fragmentos destacados del fallo: "Es mi opinión que también debe tenerse por cierto y probado que la causa real de la muerte se descubrió luego de aserrar la calota, pues con anterioridad, "nada hacía sospechar que las lesiones que presentaba la occisa hubieran sido producto de un arma de fuego"

"Me resulta sumamente llamativo que si desde la primera foja del expediente el Fiscal pretendía averiguar la "causa de muerte" de María Marta García Belsunce, se haya tomado diecisiete días para peticionar la realización de la autopsia".

"No comprendo el motivo por el que los agresores se habrían tomado la molestia de cambiar el pantalón de la víctima y no las zapatillas -que como observó María Luisa Lanusse de García Belsunce, estaban completamente mojadas- e introdujeron el cuerpo en la bañera para luego volver a sacarlo y dejarlo tirado, si como afirma el Fiscal, debieron apurarse a salir por la llegada de Ortiz; la lógica indicaría que ante esa presencia, el homicida no debería perder tiempo moviendo el cuerpo, sino que debería haber quedado donde lo habían situado, es decir, en la bañera"

"De seguirse la tesis fiscal, habría que aceptar que los agresores, tras dispararle a la víctima, decidieron llamar no a una, sino a dos ambulancias, pudiendo no hacerlo, y que lo hicieron con el fin de negociar un ocultamiento con una persona a la que no conocían (el médico que llegaría), sin saber si esa persona iba a aceptar el "trato", que además, según afirmó el fiscal, se habría hecho por un monto de dinero "irrisorio"".

Violini cuestiona el uso, a todo lo largo de la requisitoria, de palabras peyorativas contra Carrascosa, como "amianto", "mafioso" o inclusiva "posible golpeador". "Resulta ingenuo pensar que [el fiscal] puede reforzarla [su tesis] usando simplemente un lenguaje con alto contenido emotivo".

"[El fiscal] solicitó el procesamiento de varios testigos que incurrieron en algunas contradicciones (a veces mínimas), pero omitió toda referencia a las contradicciones o inconsistencias de los testigos de cargo"

[Sobre el móvil] "el Fiscal aludió a una conexión con el cartel de Juárez, mediante la cita de los negocios de terceras personas que, aunque ligadas al imputado por conocimiento, no implican necesariamente que el mencionado estuviera involucrado; ello, sin perjuicio de señalar que la prueba que intentó producir a este respecto dio resultado negativo"

"Todos, absolutamente todos los testimonios rendidos dieron fe de la buena relación que tenía el matrimonio".

"La velocidad con la que según el Fiscal, se introdujo a un tercero a la casa, se negoció el pago de una suma irrisoria para "callar", se limpió parte de la planta alta y se hicieron maniobras de reanimación me resulta francamente sorprendente, por no decir que resulta fácticamente imposible"

"Dado que los peritos de Gendarmería determinaron que la voz de Carrascosa, en el momento de realizar la llamada a OSDE se escuchaba "agitada", afirma el Fiscal que ello obedeció al hecho de que acaba de "pelear y matar" a la víctima. La ilogicidad de este razonamiento resulta decididamente grosera"

"Tampoco explica el fiscal porqué las frases "tenela", "tocala", "cerra la puerta", escasas y entrecortadas, no resultarían propias de una persona preocupada, ni porqué interpreta como prueba de cargo el hecho de que durante la llamada no se escucharan llantos o lamentos"

"El único elemento técnico e indubitable que permite fijar más certeramente la hora de la muerte proviene de una declaración testimonial que el Fiscal de esta causa nunca se preocupó de recabar, aunque nada le impedía hacerlo. Me refiero puntualmente a la declaración del doctor Héctor Moreira, uno de los médicos que realizara la autopsia

". Según esa declaración, María Marta, "como mínimo llevaba una hora de fallecida al momento en que se practican las maniobras" de resucitación. "De lo expuesto resulta que la prueba objetiva contradice la acusación fiscal tal como fue formulada en el alegato, pues a la hora que en se dice que el encartado habría arribado a su domicilio, la víctima ya había fallecido".

"La cadena de custodia de los elementos no parece haber sido preservada"

"El tribunal en lo Criminal tampoco tuvo por acreditado que las heridas de bala en el cráneo hubieran sido cerradas con pegamento"

"No existe prueba que acredite que Carrascosa haya decidido deshacerse del proyectil encontrado en la vivienda, sino que por el contrario, permitió el acceso a su propia vivienda luego de que los coimputados hicieran saber al fiscal de su existencia, colaborando en definitiva con la incautación del elemento de prueba que quizás, fue el de mayor peso incriminatorio"

"Tampoco puede tenerse por probado que se impidiera el acceso de terceras personas al cuerpo"


 

La asamblea para evaluar la propuesta del Poder Ejecutivo tendrá lugar el viernes 23-12 a las 8 hs en el edificio de penales de Quilmes. Tendrá por objeto aceptar o rechazar la propuesta analizada para luego elevar a la provincia el mandato junto con las demás departamentales.

La única asamblea será en Quilmes ya que el rechazo o aceptación se deben comunicar de inmediato.


Tiros y persecución en Puerto Madero para detener a un ladrón.



Efectivos de la Prefectura Naval Argentina detuvieron a un hombre que había robado en una oficina ubicada en Puerto Madero, en el marco de un operativo supervisado por el Ministerio de Seguridad de la Nación.

El hecho se inició cuando el hombre ingresó a una oficina ubicada en Juana Manso y Macacha Güemes, robó una importante suma de dinero y se dio a la fuga a bordo de un Peugeot 308, mientras efectuaba disparos con un arma de fuego.

Alertados por un llamado al 911, personal de la Prefectura persiguió al vehículo, que intentando huir chocó contra un móvil de la institución en la intersección de Alicia Moreau de Justo y Rosario Vera Peñaloza.

Tras ser detenido, se constató que transportaba más de 308 mil dólares, 10 mil euros y más de 117 mil pesos.

Interviene el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 47, a cargo de la Dra. Mónica Berdion de Crudo, Secretaría N° 136 del Dr. Juan Pablo Strifezza.

Cabe destacar que tres efectivos de Prefectura tuvieron heridas leves a raíz del robo, mientras que el involucrado fue derivado al Hospital Argerich para recibir curaciones.

Felicita al Papa Francisco por email en su 80 cumpleaños.

El Vaticano ha anunciado este martes la creación de una serie de direcciones de un correo electrónico especial desde la que los feligreses -y todo el que lo desee- pueda desearle un feliz cumpleaños al Papa Francisco, que este sábado cumplirá 80 años.

En español, la cuenta será papafrancisco80@vatican.va, ha precisado el Vaticano, que también ha creado cuentas para hacerlo en latín, inglés, italiano, español, portugués, alemán y polaco, así como el hashtag #pontifex80 para poder hacerlo también a través de las redes sociales.

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El sábado 17 de diciembre por la mañana, día del aniversario del Papa, el Pontífice oficiará una misa a las ocho de la mañana (horario peninsular) en una capilla del palacio pontificio en presencia de los cardenales que se encuentran en Roma. «El resto de la jornada transcurrirá con normalidad, según la agenda programada», explican en un comunicado del Vaticano. El papa recibirá ese día a la presidenta de Malta, Marie-Louise Coleiro Preca, diferentes prefectos y miembros de Nomadelfia, una comunidad de laicos que vive como los primeros cristianos.

En estos últimos años, el Papa ha celebrado su cumpleaños con la entrega de sacos de dormir para las personas sin hogar en Roma o el envío de alimentos a comedores sociales.


El Frente Renovador cerró el año en el Sheraton de Pilar y Massa aseguró que "la gente está mal porque la plata no le alcanza"

El Diputado nacional habló sobre la actualidad del país y sobre el tratamiento de la ley para modificar el impuesto a las ganancias.-

El Frente Renovador, espacio político liderado por Sergio Massa, cerró el año en el Sheraton de Pilar y fue allí que ante los medios presentes, el Diputado nacional se refirió a la actualidad del país así como también al proyecto que busca modificar el impuesto a las ganancias, que espera ser tratado por el Senado luego de su aprobación en Diputados. 

"Estoy acompañando el trabajo de Jorge D’Onofrio y aprovechando para despedir el año con todos los diputados nacionales, todos los legisladores provinciales y todos los Intendentes", explicó Sergio Massa respecto al encuentro en Pilar y señaló que "este año tuvimos la responsabilidad de ayudar a la gobernabilidad en los momentos en que veíamos que el país necesitaba de nuestro esfuerzo y tuvimos la capacidad de marcar límites, de mostrar los errores”.

Luego hizo referencia al no tratamiento del proyecto de reforma del impuesto a las Ganancias en el Senado: “somos muy respetuosos de la tarea que lleva adelante cada una de las instituciones, en diputados buscamos que salga una ley lo más consensuada posible en materia de participación con trece bloques respaldando una propuesta" y agregó que "en el senado se ven más respetados los intereses de las provincias y eso está muy bien, eso es la democracia".

Asimismo remarcó que "ahora aspiramos a que esta reflexión del gobierno de pensar seriamente la posibilidad de un acuerdo, permita avanzar en ese acuerdo porque hay millones de trabajadores argentinos que no quieren pagar más impuesto a las ganancias, miles de jubilados y millones de monotributistas que necesitan que su situación mejore”. 

También explicó en qué consistió el encuentro con el senador Miguel Ángel Pichetto al decir que “nos juntamos con el senador para evaluar cuáles son los mejores mecanismos para que haya una buena ley lo más rápido posible. Es importante que así como el gobierno le bajó el impuesto al champagne, a los autos importados, a las compras en el extranjero y a los viajes al extranjero. Es tiempo de que le bajemos el impuesto a los trabajadores”.

Sobre la posible unidad del PJ y el Frente Renovador, Massa señaló que  “no es un problema de sellos. Aspiramos a que los peronistas, los radicales, los demócratas cristianos o los desarrollistas, sientan que podemos hacer un frente junto a los sectores progresistas de la Argentina para que haya alternancia y equilibrio”. 

Por último, dejó en claro que “la gente está mal porque la plata no le alcanza y hay que poner en marcha la economía”.