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Blog del Dr. Gustavo C. TRIMARCHI

SENADORES NACIONALES

Senadores Nacionales - Buenos Aires

Datos de las 06:55 del 14 de agosto de 2017

Participación sobre escrutado: 77,00%Mesas escrutadas: 34.052 (95,68%)

LISTA GANADORA POR AGRUPACIÓN POLÍTICA.-

CAMBIEMOS BUENOS AIRES34.19%
CAMBIANDO JUNTOS (Lista única)100%
UNIDAD CIUDADANA34.11%
CELESTE Y BLANCA U (Lista única)100%
1PAIS15.53%
UN PAIS UNIDO HOY Y SIEMPRE (Lista única)100%
FRENTE JUSTICIALISTA5.90%
CUMPLIR (Lista única)100%
FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES3.38%
LISTA 1 (Lista única)100%
OTROS3.56%

Comunicado. Exigencia para la prestación de servicios en el Poder Judicial. Prohibición de la presencia de personas ajenas a sus estructuras.

Se recuerda a los Magistrados y Titulares de dependencias de este Poder Judicial la vigencia de lo establecido en el art. 6º del Acuerdo 2300, el cual establece la exigencia para la prestación de servicios en el ámbito del Poder Judicial de la designación firme emanada de esta Suprema Corte de Justicia para la posesión del cargo ante la autoridad competente. Asimismo, se reitera la prohibición de la presencia de personas ajenas a sus estructuras, con excepción de quienes desarrollen actividades de formación en el marco de Convenios suscriptos ante esta Suprema Corte de Justicia (Resoluciones Nros. 916/2003 y 1832/2004 de la Suprema Corte de Justicia, y de Presidencia Nº 500/10).

Jubilada de 85 años murió de un infarto durante un asalto en su casa de Bernal,

Una mujer de 85 años murió el sábado en la mañana por un infarto, tras ser maniatada y encapuchada junto a su hermana (80) por 5 delincuentes que ingresaron a su domicilio, ubicado en la calle Rodríguez Peña entre Rawson y Pringles, en Bernal. Desde la Comisaría Segunda aseguraron que están trabajando para dar con los delincuentes.
El grupo de malvivientes sorprendió a las mujeres cuando volvían de efectuar compras, tras lograr ingresar a la vivienda forzando una reja. Una vez reducidas y sometidas a amenazas, los ladrones las ataron, encapucharon y les taparon la boca con una cinta, lo que causó que la víctima, identificada como Nilda Amelia María Ponti, se descompensara y sufriera un infarto. Luego sustrajeron dinero y objetos de valor, para luego escapar sin ser vistos.

Las jubiladas volvían a la vivienda luego de realizar compras en una feria de la zona y se encontraron con dos desconocidos, quienes habían logrado entrar rompiendo una reja y los vidrios de una claraboya, al constatar que ambas habían salido. De inmediato, las empujaron y mediante amenazas de muerte, las intimidaron para que se callaran, ya que una de ellas empezó a gritar, pidiendo auxilio.



apeparo

Tal como lo resolvió el 7 de julio el Congreso Provincial de la AJB, y ante la falta de respuesta al reclamo del gremio por parte del gobierno provincial, no se iniciarán las actividades después de la feria judicial.

Transcurridos cinco meses desde el inicio del conflicto, la AJB realizará un nuevo paro total el lunes 31 de julio por una nueva convocatoria a paritarias por parte del Ejecutivo y por la resolución de la situación de los y las judiciales del último cargo del escalafón, que perciben un salario inferior a la canasta básica.

Además de la negociación salarial, el gremio reclama la normalización de los ingresos al Poder Judicial y la estabilidad de los interinatos, entre otros puntos.

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 716-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2017

VISTO el Expediente EX-2017-11161301- -APN-DEPI#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 18.398 de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, la Ley N° 19.349 de la GENDARMERÍA NACIONAL, la Ley Nº 21.965 del Personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA y la Ley N° 26.102 de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, sus modificatorias y sus Decretos Reglamentarios, el Decreto N° 1.993 de fecha 14 de diciembre de 2010 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 421 de fecha 5 de mayo de 2016, la Resolución MS N° 225 de fecha 1 de junio de 2016, y

CONSIDERANDO

Que en virtud de las Misiones y Funciones encomendadas a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE INTEGRIDAD DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD y de la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE PRUEBAS DE INTEGRIDAD, en cuanto a la evaluación de las diferentes situaciones de revista del personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, resulta necesario tener conocimiento de situaciones que conllevan a la integridad del personal de las Fuerzas.

Que, en consonancia con ello, resulta imprescindible asegurar que las Fuerzas Policiales y de Seguridad se ajusten a criterios éticos y de carácter profesional para la función.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE INTEGRIDAD DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD y la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE PRUEBAS DE INTEGRIDAD intervienen asistiendo a la Ministra de Seguridad en la evaluación de los ascensos, bajas, exoneraciones, retiros y cesantías del personal las Fuerzas Policiales y de Seguridad, dependientes del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la normativa interna de cada Fuerza contempla en cada caso la obligatoriedad de poner en conocimiento a la Institución del personal policial involucrado en calidad de imputado o procesado en causa penal, con la consecuente sanción disciplinaria en caso de omisión.

Que es interés de este Ministerio tomar conocimiento del personal policial indagado o procesado en causa judicial.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Instrúyese al JEFE DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, al DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA, al PREFECTO NACIONAL NAVAL y al DIRECTOR NACIONAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA a remitir del 1 al 5 de cada mes a la Dirección de Ejecución de Pruebas de Integridad, el listado del personal involucrado como imputado o procesado en causa judicial alguna, aportando datos de la causa, Juzgado interventor y estado procesal.

ARTÍCULO 2°: Instrúyese al JEFE DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, al DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA, al PREFECTO NACIONAL NAVAL y al DIRECTOR NACIONAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA a exigirle al personal policial, en cumplimiento de la normativa interna vigente, la presentación de la Declaración Jurada agregada como ANEXO IF-2017-14219152-APN-DNCIFS#MSG en el término de DIEZ (10) días corridos luego de producirse un hecho donde se involucre al mismo como imputado y/o procesado, y su actualización en caso de modificación de la situación procesal en el mismo término.

ARTÍCULO 3°: Instrúyese al JEFE DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, al DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA, al PREFECTO NACIONAL NAVAL y al DIRECTOR NACIONAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA a solicitar la Declaración Jurada que se acompaña como ANEXO IF-2017-14219152-APN-DNCIFS#MSG al personal que se encuentra en fracción de ascenso y trámite de retiro. En el caso del ascenso, deberá repetirse cada vez que el personal se encuentre dentro de la fracción establecida.

ARTÍCULO 4°: Notifíquese al JEFE DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, al DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA, al PREFECTO NACIONAL NAVAL y al DIRECTOR NACIONAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. — Patricia Bullrich.

ANEXO

DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONSIGNADOS EN LA PRESENTE SON VERDADADEROS:

INFORMACIÓN PERSONAL:

APELLIDO/S:

NOMBRE/S:

D.N.I. Nº:

FUERZA:

LEGAJO:

GRADO / JERARQUÍA:

CAUSAS PENALES:

1. N° Causa

2. Carátula

3. Juzgado / Tribunal interventor / Fiscalía:

4. Imputado / Procesado (Tachar lo que NO corresponda)

5. Fecha procesamiento:

6. Resolución (sobreseimiento/falta de mérito/condena/suspensión del juicio a prueba):

7. Fecha Resolución:

FIRMA:

ACLARACIÓN:

LUGAR Y FECHA:


Direccion Nacional del Sistema Argentino de Informacion Juridica Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación
Boletín de Novedades Jurídicas - Edición Semanal
lunes 17/07/2017  

CONTENIDOS

INFORMACIÓN DESTACADA
NORMATIVA NACIONAL
JURISPRUDENCIA NACIONAL Y FEDERAL
NORMATIVA PROVINCIAL
JURISPRUDENCIA PROVINCIAL
ACORDADAS
INFORMACIÓN GENERAL


INFORMACIÓN DESTACADA

Efemérides

 

18 de Julio. Atentado contra la Asociación Mutual Israelita Argentina

El más terrible de los ataques terroristas perpetrados en la historia de la República Argentina por su significado, magnitud y pérdida de vidas humanas sucedió el 18 de julio de 1994, en la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina –A.M.I.A.-, ubicada en la Ciudad de Buenos Aires. Tal irracional ofensa agredió los valores de todos y cada uno de los argentinos, además de erigirse en causa de Estado toda vez que significó un ataque a la soberanía nacional.

En acto de permanente repudio record amos esta fecha, y en cumplimiento del deber estatal de esclarecimiento y condena, el Poder Ejecutivo Nacional ha decretado recientemente –Decreto 229/2017-, la desclasificación de la totalidad de la información existente sobre dicha causa, en procura de contribuir a la verdad y justicia debidas.

ver texto completo

Acuerdo 3859/17 y 3860/17. Magistrados y organismos para la atención de asuntos de urgente despacho durante el servicio de Feria establecido para el período comprendido entre los días 17 al 28 de julio del año 2017.

Ver Acuerdo 3860-17.pdf 49 Kb. Ver Acuerdo 3859 - 17.pdf 895 Kb.//////////////////// 

Nuevo paro y no inicio después de la feria judicial.///

La AJB definió un nuevo paro de 48 horas el miércoles 12 y el jueves 13 de julio. Sin convocatoria a paritarias, no se iniciarán las actividades luego de la feria judicial.//////////////////////////


aperturas12A

 

En el marco del congreso ordinario celebrado hoy en el Camping Malvinas Argentinas de La Plata, los y las congresales de las diecinueve departamentales de la AJB resolvieron convocar 48 horas de paro en la semana previa al inicio de la feria judicial. La medida de fuerza fue resuelta ante la falta de continuidad de las negociaciones paritarias, suspendidas por el Ejecutivo provincial desde el 13 junio.

“El gobierno provincial continúa sin dar respuesta al reclamo de nuestro gremio, y por lo tanto hemos resuelto un nuevo paro y no iniciar las actividades luego de la feria judicial si previamente no somos convocados a paritarias y se pone sobre la mesa una oferta superadora e integral que dé solución a este conflicto”, expresó Pablo Abramovich, secretario general de la AJB.

En el marco de esa medida, la AJB movilizará el miércoles 12 a la Ciudad de La Plata, concentrando en las puertas de la Corte para reclamarle al máximo Tribunal la eliminación de la categoría de Auxiliar 3º, la normalización de los ingresos al Poder Judicial, la estabilidad de los interinatos por causa de vacancia en la titularidad de las dependencias y soluciones a los reclamos de las trabajadoras de los jardines maternales.

La jornada continuará con un acto en frente al IOMA en unidad con los gremios estatales provinciales, reclamando la derogación del decreto de María Eugenia Vidal que transfiere el Programa Incluir Salud a la órbita de la obra social de los trabajadores y trabajadoras del Estado provincial.

Para culminar el día, el mismo miércoles 12 la AJB presentará ante los Tribunales Federales de La Plata la demanda judicial en contra de las retenciones del impuesto a las ganancias a los haberes de jubilados y pensionados. El gremio judicial convoca a los y las judiciales activos y pasivos a acompañar esta presentación realizando un acto en horas del mediodía.

Causa "Bruera". Ratificación de la doctrina "Jurado". Improcedencia de habeas corpus existiendo medios de impugnación legalmente previstos en el Código Procesal Penal.

La Suprema Corte de Justicia, en la causa P. 128.850-RC, "Altuve, Carlos Arturo Fiscal- s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa Nº 81.824 del Tribunal de Casación, Sala V, seguida a Bruera, Mariano Oscar", resolvió hacer lugar, sin más trámite, al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley articulado por el Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal, casar la decisión de fs. 63/70 vta. y disponer que con la urgencia del caso- jueces hábiles fallen el presente de acuerdo a los lineamientos trazados precedentemente, ateniendo al avance de la causa y la actual situación procesal de Mariano Oscar Bruera y de quienes adhirieran a su presentación Enrique Angel Sette, Roberto Moreno y Gustavo Adrián Petró, como del estado de los recursos de casación oportunamente articulados por los nombrados.


Ver fallo (P128850).pdf 381 Kb. 

La Asociación Judicial Bonaerense (AJB) de Quilmes parará nuevamente mañana jueves y el viernes por 48 horas, junto a los trabajadores de los otros dieciocho departamentos judiciales de la provincia de Buenos Aires. 

La AJB quilmeña advierte que, de no recibir respuestas del Gobierno, no iniciará actividades después de la feria judicial de invierno.

A menos de dos semanas del inicio de la feria judicial, los integrantes de la AJB Quilmes realizarán esta semana otro cese de actividades. Según informaron, en la asamblea realizada ayer en el edificio de los Tribunales penales, se decidió que mañana jueves, a partir de las 7.45 de la mañana realizarán una permanencia en los Juzgados Civiles y Comerciales ubicados sobre la calle Alvear.

En tanto, para el viernes, la AJB Quilmes propuso al resto de las departamentales de la provincia de Buenos Aires, “coordinar volanteadas en distintos puntos de la autopista Buenos Aires-La Plata, y otros accesos importantes a Capital Federal; y el no inicio de las actividades después de la feria judicial” de invierno que comienza el lunes 17 de julio y concluye el viernes 28 del corriente mes.

Los empleados de la Justicia de Quilmes, enrolados en la AJB sostuvieron ayer que “es clara la política de desgaste de la gobernadora (María Eugenia) Vidal, prolongando el conflicto en el tiempo, jugando con el agotamiento y la desesperanza de los compañeros, con el objetivo final de seguir utilizando nuestros salarios como variable de ajuste”.

Este nuevo cese de actividades del gremio, que en esta ocasión no contempla una movilización, se realiza con la expectativa de recibir un llamado del Gobierno provincial.


Justicialistas participaron del acto en homenaje a Perón en la mítica quinta de San Vicente.///

Distintos actores del justicialismo bonaerense se reunieron hoy en la mítica quinta de San Vicente donde descansan los restos del ex presidente Juan 

Como cada año, numerosos dirigentes del Partido Justicialista bonaerense se dieron cita en la histórica quinta de San Vicente, lugar en el que muchos peronistas aseguran que Juan Domingo Perón y Eva Duarte pasaron sus días más felices. Hasta allí llegaron el presidente del sello partidario Fernando Espinoza, intendentes bonaerenses como Julio Pereyra, de Florencio Varela; Mariano Cascallares, de Almirante Brown; Juan Carlos Gasparini, de Roque Pérez; entre otros. 

Frente al mausoleo donde descansan los restos del líder justicialista se realizó la ceremonia conmemorativa, que comenzó con la entonación del Himno Nacional Argentino, prosiguió con un minuto de silencio, para luego dar paso a la colocación de entregas florales

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Al registrarse en MI PORTAL MSEG, usted poseerá un usuario y clave personalizados que le permitirá, utilizar sistemas de gestión personal.
Este servicio es exclusivo para el personal del Ministerio de Seguridad, ya sea personal ley 10.430 o personal policial en cualquiera de sus escalafones. 
El registro es un trámite que se realiza por única vez.

Una vez registrado en el sistema, usted ingresará a su perfil con un usuario y clave privada, desde donde accederá a los diferentes servicios administrativos a su disposición. Podrá ingresar cuantas veces lo requiera y desde cualquier computadora con conexión a Internet.

MI PORTAL MSEG es un servicio que el Ministerio de Seguridad ofrece a su personal, cuidando permanentemente la seguridad de la información y brindando un acceso eficiente a sus datos.


Juzgado en lo Correccional Nº 3 de San Isidro. Causa "De Vicente". Homicidio culposo. Condena a 4 años de prisión y 10 años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores.

El Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de San Isidro, en causa Nº 3793, resolvió condenar a Felipe José Divito a las penas de cuatro años de prisión, accesorias legales y 10 años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores.


Ver sentencia (CP3793).pdf 654 Kb.


Tribunal de Casación Penal. Sala V. Delitos de bagatela. Teoría de la insignificancia del bien jurídico afectado.

La Sala V del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en causa nº 78.444 caratulada "Tello, Daniel David ó Tello, Miguel Angel ó Tello Gonzalez, Daniel David y Bonini, Brian César Nahuel ó Bonini, Braian César Nahuel s/ Recurso de Casación", determinó que los denominados delitos de bagatela están caracterizados por la insignificancia al bien jurídico que afectan; no pudiendo el análisis de la problemática de los mismos reducirse a la sencilla operación de la comprobación aritmética de su valor para, desde allí considerar que la reacción penal es desproporcionada en la relación de valor comparativo con el bien lesionado.
En relación a uno de los puntos de agravio, se estableció que, sin pretender agotar el virtual catálogo de casos de insignificante afectación del bien jurídico, cuando la conducta se proyecta a una afectación mayor o más relevante del mismo pero, por azar, se produce una lesión ínfima, no puede fragmentarse el razonamiento y considerar atípica la acción, invocando la sola afectación concreta e irrelevante de los bienes, pues se perdería de vista lo ya apuntado y relativo a la desvaloración de la acción que, en tal caso, se encamina a una lesión de mayor entidad y gravedad.
Asimismo dijo que, la insignificancia no solo se debe considerar por la lacónica gravedad del hecho sino también por el conato, debiendo advertir que la tentativa no implica atipicidad de la conducta sino, conforme lo establece el artículo 44 del Código Penal, una menor pena por la menor magnitud del injusto. Al ser evaluada habría que hacerlo, no solo desde el puro plano objetivo de la conducta –la lesión misma- sino también debe incorporarse las características de la acción –disvalor del resultado y disvalor de la acción-.


Ver Sentencia (78444).pdf 597 Kb.

Le dicen a un abuelo que querían alquilarle la casa y lo matan.


Un jubilado de 70 años, conocido por los vecinos como el herrero del barrio, fue asesinado de un balazo en el abdomen en un intento de robo por delincuentes que llegaron a su casa con la excusa de alquilar una vivienda de su propiedad en la localidad bonaerense de Bernal, partido de Quilmes.

Indicaron que el asesinato se produjo ayer a las 15.20 en una casa de la calle 164 altura 2200 de Bernal Oeste Pdo. de Quilmes cuando dos delincuentes llegaron con el “cuento de tío” hacia la víctima, con preguntas sobre el alquiler de una vivienda, y al darse cuenta de que lo iban a robar, el anciano les cerró la puerta, pero recibió un balazo en la acción, el que causaría la muerte.

El jubilado, que hacía trabajos de herrería en el barrio fue trasladado al Hospital Isidoro Iriarte, de Quilmes, pero no pudieron salvarlo por la gravedad de la herida.

Los delincuentes no lograron concretar el robo y escaparon en un auto color oscuro, y por estas horas son buscados por los investigadores de la DDI de Quilmes y la comisaría de Bernal, dependiente de la Jefatura Departamental de Quilmes conurbano sur.

La causa se encuentra a cargo de la fiscalía de turno de Quilmes en una causa caratulada como homicidio en ocasión de robo.


Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Dolores. Condena a Prisión Perpetua por Homicidio doblemente agravado por el vínculo y por ser cometido mediando violencia de género.

El Tribunal en lo Criminal Nº 1 del departamento judicial Dolores en causa 706/5723 , resolvió por unanimidad, condenar a LEONARDO EZEQUIEL FIGUEROA, a sufrir la pena de PRISION PERPETUA , como autor penalmente responsable de los delitos de Homicidio doblemente agravado por ser en perjuicio de su pareja y mediando violencia de género.


Ver sentencia (Causa 706-5723).pdf 695 Kb.


Tribunal de Casación Penal. Sala IV. Juicio por Jurados. Veredicto de culpabilidad. Recurribilidad. Tribunal de Casación Penal. Tarea de revisión. Prueba. Apreciación. Duda razonable.

La Sala IV del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en causa nº 81.206 caratulada "Monzón, Sandro Raúl Antonio s/ Recurso de Casación" determinó que, quien opta por ser enjuiciado por las previsiones de la Ley Nro. 14.543 está aceptando que el recurso contra una eventual sentencia de condena será en alguna forma distinto y con otros alcances que aquel con que cuenta quien es sometido a juicio por parte del Tribunal profesional.
Sostuvo que, es el criterio del jurado y no del Tribunal revisor el que debe imperar en la determinación si medió o no duda razonable en la construcción de la imputación que se le dirige al acusado, salvo supuestos de arbitrariedad manifiesta.
Estableció que, el nuevo enjuiciamiento por medio de jurados populares impone la necesidad de que todos los operadores del sistema judicial tengan que formular nuevos parámetros de trabajo que se adecuen al mismo, estando las partes necesariamente obligadas no solamente a incorporar mecanismos que las ayuden a la selección de jurados que les resulten de utilidad para la construcción de sus casos, sino que también deberán aplicar novedosas técnicas de litigación dado que deberán operar sobre legos y no sobre jueces profesionales.
También dijo que, no basta un criterio discrepante en la apreciación de la prueba para abastecer el requisito de recurribilidad contenido en el inciso d) del artículo 448 bis del Código Procesal Penal, sino que el plexo cargoso debe ser absolutamente insuficiente para dar por acreditado el hecho y la responsabilidad penal, al punto de que nadie en su sano juicio y siendo debidamente instruido como jurado pudiera arribar a una conclusión distinta a la de no culpabilidad. 
Asimismo concluyó que, está absolutamente vedado para este Tribunal revisor sustituir el juicio del jurado por uno propio, porque ello importaría un avasallamiento indebido de parte de la Magistratura sobre la función popular asignada en la administración de justicia.


Ver Sentencia (81206).pdf 638 Kb.

Matan en un robo a un chofer de colectivos y paran 62 líneas del conurbano sur.

Un chofer de una línea de colectivos de la zona sur bonaerense fue asesinado de un balazo en la cara al quedar en medio de un tiroteo durante un supuesto intento de robo de una moto en el partido de Almirante Brown, y tras el crimen sus compañeros y colegas de otras líneas dispusieron un paro, informaron fuentes policiales y gremiales.

El hecho ocurrió a las 23.15 de anoche cuando el chofer Carlos Sánchez (42) recibió un balazo en el rostro que atravesó el parabrisas del colectivo de la línea 514, interno 46, que estaba a apenas dos cuadras de llegar a la cabecera y finalizar su recorrido, en la localidad bonaerense Claypole.

Según los investigadores, todo ocurrió en el cruce de las calles Remedios de Escalada y Aristóbulo del Valle, en esa localidad del partido de Almirante Brown, cuando varios delincuentes en motos intentaron robar a otro motociclista y, ante la resistencia de la víctima, se originó un tiroteo.

De acuerdo a las fuentes, uno de los balazos disparados por esos delincuentes atravesó el parabrisas del colectivo manejado por Sánchez que circunstancialmente pasaba por el lugar y estaba por finalizar el recorrido, y mató al chofer.

El colectivo, con el chofer muerto y sin pasajeros, avanzó unos 50 metros más hasta que se estrelló contra un paso a nivel, cerca de la estación de trenes de Claypole.

Los policías que llegaron al lugar determinaron que el chofer ya estaba fallecido, dijeron los investigadores.

Tras conocerse el crimen del chofer, los compañeros de la línea iniciaron un paro en reclamo de mayor seguridad durante el recorrido, al cual se sumaron luego todas las líneas que circulan en la zona sur del conurbano.

Luego, la Unión Tranviarios Automotores (UTA) convocó a un paro por 24 horas para todas las líneas de la zona sur, en solidaridad con la familia de la víctima.

El hecho es investigado por personal de la comisaría de Claypole, que trabaja bajo las órdenes de un fiscal de turno del departamento judicial de Lomas de Zamora.




Tribunal de Casación Penal. Sala III. Homicidio. Emoción Violenta. Prueba. Déficit Probatorio.

La Sala III del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en causa nº 73.768 caratulada "Colman, Darío Daniel s/ Recurso de Casación" determinó que no se configura el homicidio en un estado de emoción violenta si la agresión y violencia contra la víctima se prolonga por extensos minutos, durante los cuales el encartado se limita a replicar sus exclamaciones de dolor, con múltiples insultos, proferidos incesantemente, dando cuenta de un accionar imperturbable, temperado, sopesado y gobernado por la razón. 
Sostuvo que, los déficit probatorios, no deben resolverse privilegiando la inimputabilidad, sino a favor de la plena responsabilidad penal.
Asimismo concluyó que, en los delitos que se consuman al amparo de la intimidad, la ausencia de testigos directos es habitual, pero tal limitación probatoria, mal puede ser considerada como un obstáculo procesal insalvable.


73768 i.pdf 477 Kb.


Causa "Lagostena". Elevación a juicio por el hecho constitutuivo "prima facie" de delito de homicidio en concurso ideal con aborto en contexto de violencia de género.

Con fecha 2 de junio de 2017, el Juzgado de Garantías Nº 8 de Lomas de Zamora, en la causa Nº 46447-10, resolvió ELEVAR A JUICIO la presente respecto de Héctor Daniel Lagostena, por el hecho constitutivo "prima facie" del delito de homicidio en concurso ideal con aborto en contexto de violencia de género.


Ver fallo (causa N° 46447-10).pdf 673 Kb.