Como respuesta a las reiteradas gestiones llevadas a cabo por los Colegios Departamentales a través del COLPROBA, la Suprema Corte dio a conocer el Acuerdo 4120 que establece un nuevo sistema para paliar la problemática de la falta de integración y las dilaciones que conlleva.
Ha dispuesto el Alto Tribunal que en las audiencias de vista de causa se podrá recurrir a la integración con magistrados del fuero de cualquier departamento judicial. Como así también de cualquier fuero de la localidad asiento del tribunal , permitiendo también la integración de forma remota.
Los jueces de Garantías en turno se verán exceptuados.
Asimismo, facultó a los presidentes de los Tribunales del Trabajo a adoptar soluciones similares ante situaciones excepcionales.
En consecuencia, alentamos a los / las Colegas a solicitar la reprogramación de las audiencias que fueron fijadas para plazos remotos.////
Tribunal de Casación Penal (Sala III). Habeas corpus colectivo, correctivo y preventivo. Aprehensiones de niños, niñas y adolescentes por "averiguación de identidad".
El Tribunal de Casación Penal (Sala III) resolvió casar la decisión de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Dolores que había rechazado los recursos de apelación interpuestos contra la resolución del Juzgado de Garantías que no hizo lugar al pedido de inconstitucionalidad del artículo 15 inciso c) de la Ley de Unificación de las Policías de la provincia de Buenos Aires (Nº 13.482). Asimismo, declaró inaplicable el artículo 15 inciso "c" de la ley 13.482, con respecto al universo de Niños, Niñas y Adolescentes de la provincia de Buenos Aires y ordenó comunicar lo resuelto al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires y a la Comisión Permanente de Niñez, Adolescencia y Familia de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires. La policía realizaba procedimientos que incluían detenciones, aprehensiones, demoras y traslados de niños, niñas y adolescentes al asiento de las dependencias, con la sola invocación de la "averiguación de identidad" (art. 15, ley 13.482). La citada norma resulta incompatible con los principios del Sistema de Promoción y Protección Integral de la infancia, respaldado por la jurisprudencia de la CIDH, como también de la propia normativa constitucional, nacional y local.
Archivos asociados: Ver sentencia (causa P.95448-SCBA ).pdf
C.M.P.../ P. A S/INFRACCIÓN LEY XXXXX: causa F-XXXX
--- Atento al estado de autos, habiéndose fijado audiencia indagatoria para el día 27 de setiembre de 2023 y
existiendo razones personales que motivan la ausencia de la la titular del Juzgado a la audiencia indicada
y a efectos de garantizar íntegramente el derecho de defensa ,como así también el debido proceso contravencional,
designase nueva audiencia a los mismos fines y efectos que la anterior para el
día 18 de octubre de 2023 a las 09.30 horas. ///////////////
Comuníquese al domicilio electrónico constituido en autos ( 20210662430@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR )
Dr. Gustavo C. TRIMARCHI ( art. 3, 106, 126 y cctes del CF; art. 15 y cctes del CPP ).////
SIFFREDI Gabriel. Juez.
SCBA Acordada 4120-PARA PALIAR LA FALTA DE INTEGRACIÓN DE LOS TRIBUNALES LABORALES Y DEL FUERO DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL.
El candidato a presidente por Unión por la Patria anticipó días atrás que así como sucedió con los trabajadores en relación de dependencia, los autónomos, los monotributistas y las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) también se tomarían medidas para aquellos trabajadores que están en la informalidad
Massa anunció que se atendería “a aquellos que hoy están por fuera de la economía formal, casi tres millones de argentinos que no forman parte de la población formal registrada pero que forman parte de la población económicamente activa”.
La medida podría ser un refuerzo de ingresos para trabajadores informales que no quedaron alcanzados por los anuncios anteriores.
Se conocieron beneficios para monotributistas, autónomos y pymes, se elevó el mínimo no imponible para los trabajadores en relación de dependencia a $ 1,7 millones y se estableció la devolución del 21% (Compre sin IVA) para quienes ganen hasta $ 708.000 mensuales, pero también para monotributistas, jubilados, pensionados, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar y Potenciar Trabajo.
Notificado por LOPEZ CARDOSO GONZALO ALFREDO (JUEZ) |
Observación DEJA SIN EFECTO OFICIO AL REGISTRO |
Trámite Despachado RECURSO DE REPOSICION - DEDUCE (249002042019805983) |
O. R. C. Y OTRO/A S/ DIVORCIO POR PRESENTACION CONJUNTA Expediente N° XXXXX Quilmes, 22 de Septiembre de 2023.-DC Proveyendo la presentación electrónica RECURSO DE REPOSICION - DEDUCE (249002042019805983): Asistiendo razón al peticionante y advirtiendo en este acto que no se ha dado cumplimiento con lo ordenado oportunamente (Advirtiendo que se ha omitido considerar lo pedido en fecha 27 de junio de 2023 por el Dr. Gustavo CARMELO TRIMARCHI, dejase sin efecto el libramiento del oficio ordenado en fecha 13 de junio de 2023 hasta tanto se encuentre cumplido con lo normado por el artículo 21 de la ley 6716 (argumento artículos 34, 36, 238 y concordantes del CPCC y argumento artículo 21 de la ley 6716). Notifíquese por Secretaría en la manera dispuesta por el Acuerdo 4039/2021 SCBA. GONZALO A. LÓPEZ CARDOSO JUEZ. |
CAMARA DE APELACIONES QUILMES. SALA SEGUNDA
SXXXXXXX JORGE OSCAR S/SUCESION AB-INTESTATO( JUZGADO CIVIL Y COM.8) En la Ciudad de Quilmes.07/09/2023 8:50:33 - INTERLOCUTORIA REGISTRABLE VISTO: Los recursos de apelación interpuestos por el Dr. Gustavo TRIMARCHI con fecha 21/11/2021 y 18/02/2022, Y I) Que En autos, No II) En ese Consecuentemente, Por Por lo I) |
Tribunal de Casación Penal (Sala V). Juicio por Jurados. Constitucionalidad del artículo 22 bis in fine del C.P.P.
El Tribunal de Casación Penal (Sala V) resolvió casar la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Mercedes que revocó lo decidido por el Tribunal Criminal nº 3 departamental en tanto había declarado la inconstitucionalidad del art. 22 bis "in fine" del Código Procesal Penal respetando la opción de Velazque o Velázquez a ser juzgado por jurados y la opción del coimputado a ser juzgado por un tribunal técnico. Para así decidir, la mayoría consideró que la ley expresamente establece que la renuncia de uno de los imputados al tribunal con jurados, lo remite al tribunal en lo criminal, solo a él y no al resto. Si la ley hubiera querido que, con varios imputados, la renuncia de uno condujera a todos los demás a los jueces técnicos, lo hubiera dicho. La minoría sostuvo que el sistema opcional que instrumenta el código procesal bonaerense no puede privar a ningún ciudadano de ser juzgado por un jurado. Por lo que el art. 22 bis "in fine" del C.P.P. es inconstitucional porque contraviene la garantía del Juez Natural contenida en el art. 18 de la Constitución Nacional.
Archivos asociados: Ver sentencia (causa Nº 118.790).pdf
La derecha, otra vez.-
Expuesta la autocrítica, asimilado el irresistible Huracán Milei, asoma la beldad política del triple empate.
Tres tristes tercios. Triángulo de Javier, el (favorito) C-Boy. Patricia, La (afectada) Montonera del Bien. Y Sergio, El (milagroso) Profesional.
La diferencia es exigua. 2,8 entre el primer vértice, Javier, y el tercero, Sergio. Con Patricia en la incomodidad del incierto medio.
Un punto debajo de Javier y un punto por arriba de Sergio.
Javier y Patricia trafican similar mercadería de derecha con tendencia a extrema.
Juntos le despejan a Sergio el centro, también algo inclinado hacia la derecha.
Pero se trata del peronismo que desconcierta a los ensayistas europeos. “La izquierda de la derecha y -en simultáneo- la derecha de la izquierda”.
El peronismo se permite hasta la extravagancia de ofrecer la variante Don Juan.
Es el centro derecha peronista de Schiaretti, Don Juan. Aprobado para la próxima instancia.
Con los breves puntos que podrían consagrar a Patricia o a Sergio.
Entre la superabundancia de ofertas de saldos de derecha crece en perspectiva Myriam, Natalia Sedova.
La doctora Bregman es la única esclarecida que superó la frontera marcada por las PASO (tóxicas).
En la sociedad multiplicada por fracasos sucesivos le corresponde el turno otra vez a la derecha.
Con la pedantería de la superioridad moral, a la izquierda le resta esperar.
Y entregarse a la ficción de «luchar» contra la desigualdad del capitalismo (que infortunadamente aquí no existe).
Jorge Asís: "Si Patricia Bullrich le gana a Rodríguez Larreta, el próximo presidente es Sergio Massa"
El periodista y analista político analizó el escenario político tras el cierre de listas.
Jorge Asís, periodista y analista político."Si Patricia Bullrich le gana a Rodríguez Larreta, el próximo presidente es Sergio Massa", publicó Jorge Asís en su cuenta de Twitter hace días, y revolucionó la red social.
Sobre su posteo, el escritor explicó que "es una oración que atañe a tres escuderías. Es también el principio de un ensayo o una interpretación que es un punto de partida para hablar de política en la Argentina". Y añadió: "A partir de ahí discutamos, viabilidades, posibilidades, "derechización de la sociedad".
Asimismo, Asís señaló que, en su opinión, el triunfo de Bullrich en la interna "posiblemente" implicaría un deterioro de la marca de Juntos por el Cambio.
Elecciones PASO 2023: se impuso Milei; Massa, segundo en votos y Bullrich le ganó a Larreta
Hubo más de 35 millones de argentinos habilitados para votar y el nivel de participación fue del 69%. Las repercusiones y las principales declaraciones de los candidatos que competirán en octubre.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, mediante el Acuerdo 4114, dispuso reajustar el valor del “Jus”: a partir del 1º de julio de 2023, en la suma de $ 12.083; y a partir del 1º de septiembre de 2023, en la suma de $ 13.149
Asimismo, se reajustó también el valor del “Jus arancelario decreto-ley 8904/77”: a partir del 1º de julio de de 2023, en la suma de $ 8.257; y a partir del 1º de septiembre de 2023, en la suma de $ 8.986.