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Blog del Dr. Gustavo C. TRIMARCHI

Arrancan los Juicios por Jurados en la Provincia.


El Tribunal Criminal Nº 5 del departamento judicial San Martín, desde el 10 de marzo próximo y por dos días, realizará las audiencias orales en lo que será el primer juicio por jurados en Buenos Aires, un instituto que revoluciona la forma de llevar adelante los juicios en la provincia, impulsado por el gobernador Daniel Scioli a través del ministerio de Justicia.

En la madrugada del 31 de enero de 2014, Víctor Gabriel Armella de años fue asesinado por un disparo de pistolón en su casa del barrio "Villa Hidalgo” de localidad de San Martín, luego de mantener una discusión con su ex cuñado, llamado Guillermo Alberto Barros, de 26, quien por este hecho quedó detenido y acusado del delito de "homicidio simple".

Otras 165 causas fueron elevadas a esta modalidad de juicio por jurados, una decena de ellos de toda la Provincia ya tiene fecha y los ciudadanos elegidos que darán el veredicto del juicio. En La Plata, son 16 las causas que están en proceso de ser sometidas a esta modalidad.

Y así serán de aquí en más, con participación de la ciudadanía, los procesos de enjuiciamiento para casos donde la imputación se trate de un delito que supera la pena de 15 años. Asimismo, están programados otros juicios por jurado, tanto en el interior como en el Conurbano, para desarrollarse en el mes de marzo y abril próximos.

El juicio por jurados se instrumentó en territorio provincial a partir de la sanción (en septiembre de 2013) de una ley  impulsada por el Gobernador Daniel Scioli, que determina el establecimiento de un jurado popular clásico, integrado por ciudadanos comunes.

El establecimiento del juicio por jurados le reconoce al imputado el derecho de optar por solicitar que el proceso de juicio se desarrolle o no con la modalidad de jurados.

Cronograma de los juicios por jurados en la Provincia.

Luego del que se desarrollará en el Departamento Judicial San Martín, hay otros siete juicios por jurados programados y con jurados asignados.

El 20 de marzo de 2015 en el Tribunal Criminal (TOC) Nº 1 del departamento judicial de Pergamino inicia el juicio con esta modalidad en un hecho que investiga la UFI 8 a cargo del fiscal Pablo Santamarina. El imputado es Leonel Alejandro Rosito y la caratula “homicidio en grado de tentativa”.

Entre el 6 y el 8 de abril, el TOC 3 del departamento judicial Bahía Blanca juzgará a cuatro personas acusadas de narcotráfico. Se trata de Néstor Claudio Cuce, Mariano Torres, Juan Darío Santerre y Estela Maris Santerre, quienes se encuentran investigados por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en dosis de consumo y tenencia de arma de uso civil sin autorización legal”.

También en Bahía Blanca, el 13 de abril se desarrollará la audiencia con idéntica modalidad de juicio, y en el mismo tribunal se juzgará a Jonathan Maximiliano Marín, imputado por “homicidio simple”.

En la misma fecha pero en los tribunales de Lomas de Zamora (TOC 1) se iniciará el juicio a Walter Fabián Acuña Prost, quien se encuentra imputado por robo agravado por arma de fuego en una causa que lleva como número 00-004210-14.

Y ese mismo día pero en Trenque Lauquen el TOC 1 avanzará en la acusación de Nelson Martin Alsina “por abuso sexual con acceso carnal agravado por la relación de convivencia”, de acuerdo con lo indica la carátula. El imputado se encuentra detenido en la Unidad 17 de Urdampilleta.

En tanto, del 18 al 22 de mayo el TOC 5 de Morón estrenará la modalidad de juicio por jurados en una causa que se le sigue a David Alberto Gorostiaga, imputado por el delito de “robo agravado por el uso de arma en concurso con homicidio agravado por ser criminis causae y con participación de menor de 18 años”.

Por su parte, del 31 de agosto al 1 de septiembre está previsto que el TOC 1 del departamento judicial de San Nicolás desarrolle las audiencias de juicio para determinar la situación procesal de Carlos Fabricio Schmidt, acusado del delito de robo calificado portación ilegal de arma de guerra.

En tanto que son 165 causas las que fueron elevadas a esta modalidad de juicio por jurados, de las que hasta el momento, una decena ya tiene fecha.

¿Qué es el juicio por jurados?

Un sistema democrático de administración de justicia donde la ciudadanía participa activamente. El jurado se compone de 12 titulares y 6 suplentes elegidos por sorteo público.

Se aplica este sistema en casos en que se tenga que juzgar a acusados de delitos con penas mayores a 15 años de prisión.

¿Quiénes pueden ser jurados?

Cada Departamento Judicial va a tener un grupo de ciudadanos que van a ser los jurados. El criterio de selección por sorteo público y es una persona por cada mil del padrón electoral.

Ser jurado es una carga pública. Las personas sorteadas están obligadas a serlo, como ocurre para los testigos.

El jurado en un juicio se compone de 12 personas. La mitad varones y la mitad mujeres, de entre 21 y 75 años de edad.

Los jurados quedarán integrados al padrón general de la Suprema Corte de Justicia. Un total de 11.384 ciudadanos fue sorteado en mayo de 2014 para integrar los jurados populares que comenzarán a funcionar en la Provincia de Buenos Aires.

En esos casos, el Estado le asignará una dieta diaria suficiente para cubrir los costos de transporte y comida, a través de una partida especial de la Suprema Corte de Justicia.

¿Qué tiene que hacer el jurado?

Al ser citado al juicio, que será para delitos graves como homicidios y violaciones, cada ciudadano recibirá un instructivo y se les indicarán las reglas. Lo que hacen es declarar la absolución o culpabilidad del imputado, y ahí sí el Tribunal dicta la sentencia y condena.

Al momento del juicio, los jurados darán el veredicto, pero la sentencia la aplicará el juez. Se requerirá la mayoría de 10 miembros sobre 12, para dictar un veredicto, fundamentalmente por el error o la falta de coincidencia. Si no se llega a las 12, se unifica el veredicto.

En caso de que la decisión del cuerpo de ciudadanos sea una absolución, ésta será inapelable, mientras que cualquier otra sentencia condenatoria podrá ser recurrida.

¿Quiénes no pueden ser jurados?

·  Los abogados, o escribanos

·  Quienes posean cargo político electo

·  Quienes tengan cargo público superior a director

·  Personas procesadas o condenadas

·  Miembros de las fuerzas de seguridad, de las Fuerzas Armadas, o del Poder Judicial.

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