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Blog del Dr. Gustavo C. TRIMARCHI

Tribunal de Casación Sala I. Razonamiento probatorio. Arbitrariedad. Omisión de considerar la integridad de las aportaciones probatorias. Condiciones de validación del testimonio de la víctima en delitos contra la integridad sexual.


La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, en causa nº 82.118 caratulada "Cufre Pantaleón, Rafael S/ Recurso de Casación", determinó que la cuestión no pasa por afirmar con seguridad, que los hechos sucedieron de la forma en que los presenta la defensa. Se trata en cambio de examinar los argumentos desarrollados por los señores jueces de la instancia para sostener, con el grado de certeza requerido por un veredicto condenatorio, que los hechos ocurrieron de la manera en que los presentó la acusación, con el consecuente descarte de la tesis en contrario presentada por la defensa. El razonamiento jurisdiccional debe guiarse por encontrar una relación de correspondencia entre el resultado que arrojan las pruebas y el acontecimiento que éstas permiten recrear, y en este punto no se encontró un cuadro de suficiencia probatoria que permita arribar a un grado de certeza, con criterios generalmente aceptados por la comunidad científica, respecto de la existencia del hecho.
Para el arribo del veredicto condenatorio es deber jurisdiccional justificar la corroboración de la hipótesis de la acusación, con suficiencia para refutar todas aquellas plausibles de explicar la inocencia del acusado, debiendo atender especialmente la congruencia, suficiencia e integridad del material probatorio en que se sustenta la acusación estatal.


Ver Sentencia (82118).pdf 697 Kb.

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