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Blog del Dr. Gustavo C. TRIMARCHI

La reforma al Código Penal ya divide al Poder Judicial.



                                                       
                                                       

         
La presentación del ministro de la Corte Eugenio Zaffaroni a la presidenta Cristina Kirchner del anteproyecto de reforma integral  del Código Penal, despertó en los últimos días el debate entre los jueces penales que integran los distintos tribunales. La eliminación de la figura de la reincidencia y de las penas de prisión perpetua como ejes del debate, dividen al Poder Judicial.

En la reforma integral se introducen delitos vinculados a la contaminación del medio ambiente y la sustitución de identidad por correo electrónico, se  despenaliza el consumo personal de drogas, algo que los jueces ya implementan en sus fallos, y en la que la mayoría de los magistrados está de acuerdo.

En el nuevo código se establece una pena máxima de 30 años y se elimina la prisión perpetua y desaparecen los conceptos de reincidencia y peligrosidad, lo cual es resistido por la mayoría de los jueces.

En mayo de 2012, por decreto presidencial, se encomendó a un grupo de especialistas la elaboración de un nuevo Código Penal y la comisión quedó presidida por Zaffaroni e integrada por el ex camarista, abogado y ex funcionario, León Arslanian; el ex camarista y legislador Ricardo Gil Lavedra; la ex legisladora por el Partido Socialista, María Elena Barbagelata y el diputado por el PRO, Federico Pinedo.

El proyecto será finalmente presentado a Cristina Kirchner para ser luego enviado al Congreso. Habrá cambios y artículos que generarán debate, tanto en el Congreso como en el Poder Judicial.

Según trascendió, el nuevo Código elimina la figura de la reincidencia y las penas de prisión perpetua, en tanto que no innova respecto del aborto.

 Uno de los cambios se dará en la figura de reincidencia y su eliminación. Hubo disidencias entre los integrantes de la comisión y se espera que sea uno de los temas más discutidos en el Congreso.

En el Poder Judicial, uno de los debates que retomará la justicia en los próximos días girará precisamente en torno a la controvertida figura de la reincidencia como agravante de penas, y la concesión o no de las salidas anticipadas a presos reincidentes. La Cámara Federal de Casación Penal, el máximo tribunal penal del país, intentará adoptar un criterio uniforme en un fallo plenario para que sea aplicado por los jueces.

Es que en el máximo tribunal penal del país sólo dos camaristas están en sintonía con el proyecto de reforma, los camaristas Alejandro Slokar y Angela Ledesma.

Meses atrás una de las salas de la Cámara Federal de Casación Penal declaró "inconstitucional" un artículo del Código Penal que restringe las salidas anticipadas o los regímenes morigerados de encarcelamiento de los presos "reincidentes".

La Sala II del máximo tribunal penal, con las firmas de los jueces Ángela Ledesma y Alejandro Slokar, con la disidencia de Ana María Figueroa, dejó sin efecto una sentencia de un juzgado de ejecución penal y decretó "la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal por vulnerar el principio de resocialización mínima".

El caso concreto fue el de un preso que pidió acceder a los beneficios de las salidas progresivas antes del cumplimiento completo de la pena, pero le había sido denegado porque ese artículo del Código veda las salidas anticipadas a los reincidentes.

Los camaristas de Casación no tienen un criterio uniforme y los fallos varían según la Sala que deba resolver en cada caso concreto. Por eso es que el flamante presidente del alto tribunal, Mariano Borinsky quiere que se resuelva el tema en un fallo plenario.

El tema es eje de un arduo debate en la Justicia, entre quienes sostienen que se contrapone con la Carta Magna y quienes lo defienden argumentando sobre "la insuficiencia de la pena ordinaria y la mayor peligrosidad" de los reincidentes.

El debate ha generado opiniones diversas en las más altas esferas del Poder Judicial. El integrante de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni sostuvo en una oportunidad que "debemos desprendernos de la vieja idea de reincidencia genérica y mecánica, que no sirve para nada y que sólo tiene como resultado impedir la libertad condicional".

La mayoría de la Casación se inclina a considerar válida la aplicación de la reincidencia y vedar la salida anticipada a presos que son reincidentes. Pero si el caso debe resolverlo la Sala II, la decisión será distinta, ya que los camaristas Ledesma y Slokar, en mayoría,  se inclinan por la inconstitucionalidad de la reincidencia como agravante.

Los jueces Slokar y Ledesma sostienen que quienes justifican la reincidencia por la mayor peligrosidad, concluyen que si todo infractor revela alguna peligrosidad, a mayor cantidad de infracciones, mayor será aquélla", explica uno de los últimos fallos de esa sala.

"Estas teorías invariablemente se basan en la personalidad del sujeto (considerada 'antisocial', 'peligrosa', o 'infractora del ordenamiento') para justificar la construcción de una categoría de ciudadanos distinta que quedan excluidos del ejercicio de determinados derechos, pues el status de reincidente implica una mayor severidad en el monto de pena y en su ejecución", dice ese voto mayoritario de la Sala II.

Otro de los temas del anteproyecto a debatir es la eliminación de la prisión perpetua, y la introducción el máximo de 30 años como castigo para los delitos más graves.

Uno de los cambios que implementa la reforma integral ya fue aceptado por la jurisprudencia y por la mayoría de los jueces: la despenalización del consumo personal de drogas
. Será penado el que siembra  o cultive plantas o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes, salvo para consumo personal y también el que produjere, extrajere o elaborare estupefacientes, salvo para consumo personal.

La pornografía infantil, la trata de personas, son figuras incluidas en la reforma con penas elevadas, también se refuerzan las penas para los delitos de lesa humanidad, el genocidio, la desaparición forzada de personas, guerra y conspiración y se garantiza  el derecho al aborto tal como está en la actual redacción del Código Penal para casos de violación.  




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