Blogia
Blog del Dr. Gustavo C. TRIMARCHI

No hay que pagar por ser infiel si ya se estaba separado de hecho.

Lo dispuso la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires; revocó un fallo de Casación que afirmaba lo contrario.

La Suprema Corte de Justicia bonaerense estableció hoy que una persona que se haya separado de hecho de su cónyuge no puede ser culpable de adulterio si, aun casada pero no conviviendo, comienza otra relación sentimental.

El fallo , que revierte la jurisprudencia que había sobre esta materia en la provincia de Buenos Aires, estableció así que cuando ya no se comparte el lecho conyugal no hay deber de fidelidad.

El máximo tribunal de Justicia intervino en un conflicto desatado en el matrimonio oriundo de Junín identificado en el fallo por las iniciales "I.I.R." y "M.R.L", para preservar la privacidad de los protagonistas. La Cámara en lo Civil y Comercial de Junín condenó en un juicio de divorcio a un hombre -"IIR"- a pagarle a su mujer una indemnización por adulterio e injurias graves, por haber tenido relaciones extramatrimoniales estando separado de hecho.

Tal como lo indicaba la jurisprudencia bonaerense, la Cámara había señalado que sólo una sentencia firme que decrete la separación personal o el divorcio vincular hace cesar alguno de los deberes conyugales. Mientras tanto, pese a la separación de hecho existente, permanecen los de asistencia, alimentos y fidelidad.

Sin embargo, aquí los ministros de la Corte bonaerense decidieron cambiar su criterio: es que la separación se produjo de común acuerdo y tres años después el hombre comenzó una relación con otra mujer.

A lo largo de las 60 fojas del fallo al que accedió la agencia DyN se deja claro que la separación de hecho no equivale a divorcio, pero tiene efectos incuestionables en razón de la falta de convivencia por parte de los esposos, "los cuales son sin discusión: la ruptura de la cohabitación y el débito conyugal". Fue en ese marco que la Corte bonaerense se pregunta: "¿Hasta cuándo será exigible una fidelidad que mantenga las exigencias éticas de un hecho que alguna vez se propuso para siempre?".

Por mayoría, la Corte bonaerense resolvió que el deber de fidelidad no persiste si existe separación de hecho de los cónyuges sin voluntad de unirse.

0 comentarios